El acoso sexual como una forma de violencia contra las mujeres

Promoción y prevención

A efectos de cumplir los objetivos establecidos en la Política de Igualdad de Género y No Discriminación y en el Procedimiento para la prevención, denuncia y tratamiento del acoso sexual, para erradicar el acoso sexual del Poder Judicial, es necesario abordar los componentes estructurales y las relaciones sociales internas que generan un ambiente propicio para el surgimiento de conductas de acoso sexual y establecen elevadas consecuencias a su develación. Para ello, las acciones de promoción y prevención son vitales, en orden a generar procedimientos que regulen espacios ambiguos y promuevan la modificación del tipo de relaciones que deben construir mujeres y hombres en el marco del trato igualitario y el respeto mutuo.
En Chile, la Ley N° 20.005, publicada el 8 de marzo de 2005, incorpora en el artículo 2 del Código del Trabajo la tipificación y sanción del acoso sexual, entendiendo por tal “el que una persona realice en forma indebida, por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos por quien los recibe, y que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo” (Artículo 2°). En concordancia con esta definición, estableció el acoso sexual como una conducta grave, que da derecho a poner término al contrato de trabajo de quien ejerce dicho comportamiento en el espacio laboral, y reguló un procedimiento especial de denuncia e investigación.

Estudio de diagnóstico

A fines de 2015 y principios de 2016, el Poder Judicial realizó un estudio de diagnóstico a nivel nacional que reveló que una de cada diez personas habían experimentado o presenciado acoso sexual en la institución y que de ellas sólo el 22% utilizaba alguna vía institucional para denunciar, lo que demostró la urgencia de abordar el tema, para darle una respuesta integral.

2015-2016

La perspectiva de Igualdad de Género en el Poder Judicial Chileno

Realizado entre 2015 y 2016, el estudio tuvo componentes cuantitativos y cualitativos y apuntó a conocer y analizar las percepciones de las y los integrantes de nuestra institución respecto de la discriminación, los estereotipos de género en el lugar de trabajo, el acceso a la justicia y otros temas.

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¿Acaso es acoso?

El Poder Judicial ha venido desarrollando una serie de acciones, entre las cuales destacan seminarios para discutir el problema, capacitaciones y el lanzamiento de la campaña ¿Acaso es Acoso? que tuvo por objeto informar, visibilizar y sensibilizar acerca de las conductas que son constitutivas de acoso y que no podemos tolerar en espacios de trabajo, ni en la sociedad.

CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO

Campaña de Prevención e Información Sobre Acoso Sexual

La Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación, en conjunto con la Dirección de Comunicaciones de la Corte Suprema, por medio de la “Campaña de Prevención e Información Sobre Acoso Sexual”, busca informar, visibilizar y sensibilizar a la organización para que los funcionarios y funcionarias entiendan qué prácticas son consideradas acoso sexual, haciendo un llamado a no permitir la existencia de esta forma de violencia de género en el Poder Judicial.

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Capacitaciones

Acciones para sensibilizar en el respeto del principio de igualdad y no discriminación a través de un repaso ameno de conceptos referidos a género, identidad y orientación sexual, roles y estereotipos, masculinidades, uso del lenguaje inclusivo y datos estadísticos que demuestran algunos aspectos de la desigualdad de género a nivel país.

Seminario

Acoso sexual en el Poder Judicial chileno: concepto y características, buenas prácticas y desafíos

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Sensibilización

Temas de Género y Difusión de la Política de Igualdad de Género y No Discriminación, en la Dirección de Estudios de la Corte Suprema

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Taller

Sensibilización en temas de igualdad y no discriminación impartido en CAPJ central

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Adicionalmente en febrero de 2017, se constituyó una Mesa de Trabajo para elaborar una propuesta de Protocolo de Actuación para la Prevención, Denuncia y Tratamiento del Acoso Sexual, integrada por miembros del Poder Judicial que sesionó por aproximadamente un año, contando en tales instancias con la colaboración de expertos/as y académicos/as en materia de género, psicología y derecho laboral; en este proceso se escuchó, asimismo, a las asociaciones gremiales. Finalmente, el 19 de junio de 2018 el Pleno de la Corte Suprema aprobó el Acta 103-2018 que regula el Procedimiento de Actuación para la prevención, denuncia y tratamiento del acoso sexual y que entró en vigencia el 1 de julio del año 2018.