Herramientas de apoyo sobre perspectiva de género

Diversidad Sexual

Las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex han estado históricamente sometidas a discriminación por su orientación sexual, identidad y expresión de género y diversidad corporal, y continúan siendo sujetas a discriminación, violencia, persecución, y otros abusos; en clara vulneración a sus derechos humanos protegidos en los instrumentos internacionales e interamericanos.
El sistema internacional de derechos humanos ha sido creado y funciona sobre la premisa básica de la igualdad entre todas las personas, por lo que los principios de no discriminación y de igual protección de la ley sirven como bases fundamentales de los instrumentos normativos del sistema internacional de protección.

Principio de Igualdad

Se refiere al goce y ejercicio efectivo de los derechos humanos de las personas, independiente de su sexo, género identidad de género y/u orientación sexual, y el acceso a los bienes y servicios indispensables para el diseño y ejecución de su proyecto de vida, incluyendo aquellos de carácter judicial. Este principio reconoce la importancia de la adopción de aquellas medidas que resulten apropiadas para garantizar el goce y ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones a todas las personas.

Principio de no discriminación de género

Se refiere a la prohibición de toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo, género, identidad de género y/u orientación sexual, que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil de las personas independientemente de su estado civil o cualquiera otra condición.

Enfoque de género en el acceso a la justicia

Es la incorporación del enfoque de género en todo el quehacer del Poder Judicial, tanto en lo referido a la solución efectiva de los conflictos y el ejercicio de la labor jurisdiccional, como en los servicios de atención de usuarios y usuarias.

No violencia de género

Implica orientar los esfuerzos del Poder Judicial a evitar cualquier acción o conducta, basada en el género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a todas las personas, tanto en el ámbito público como en el privado. Esto, desde una doble dimensión, es decir, velando para que la violencia de género sea erradicada de las relaciones interpersonales entre funcionarios y funcionarias de la institución, y para que el principio sea efectivamente implementado en la tarea de impartir justicia.

Participación e inclusión

Refiere a que la toma de decisiones vinculadas con el diseño, implementación y evaluación de la Política promoverá la incorporación de mecanismos participativos mediante los cuales los funcionarios y funcionarias del Poder Judicial, la sociedad civil y la ciudadanía puedan informarse y manifestar sus inquietudes y necesidades.
  • Principio de Igualdad

    Se refiere al goce y ejercicio efectivo de los derechos humanos de las personas, independiente de su sexo, género identidad de género y/u orientación sexual, y el acceso a los bienes y servicios indispensables para el diseño y ejecución de su proyecto de vida, incluyendo aquellos de carácter judicial. Este principio reconoce la importancia de la adopción de aquellas medidas que resulten apropiadas para garantizar el goce y ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones a todas las personas.
  • Principio de no discriminación de género

    Se refiere a la prohibición de toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo, género, identidad de género y/u orientación sexual, que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil de las personas independientemente de su estado civil o cualquiera otra condición.
  • Enfoque de género en el acceso a la justicia

    Es la incorporación del enfoque de género en todo el quehacer del Poder Judicial, tanto en lo referido a la solución efectiva de los conflictos y el ejercicio de la labor jurisdiccional, como en los servicios de atención de usuarios y usuarias.
  • No violencia de género

    Implica orientar los esfuerzos del Poder Judicial a evitar cualquier acción o conducta, basada en el género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a todas las personas, tanto en el ámbito público como en el privado. Esto, desde una doble dimensión, es decir, velando para que la violencia de género sea erradicada de las relaciones interpersonales entre funcionarios y funcionarias de la institución, y para que el principio sea efectivamente implementado en la tarea de impartir justicia.
  • Participación e inclusión

    Refiere a que la toma de decisiones vinculadas con el diseño, implementación y evaluación de la Política promoverá la incorporación de mecanismos participativos mediante los cuales los funcionarios y funcionarias del Poder Judicial, la sociedad civil y la ciudadanía puedan informarse y manifestar sus inquietudes y necesidades.

Ejes estratégicos

Política de Igualdad de Género y No DIscriminación

EL eje de no discriminaciónde género comprende la institucionalización de la perspectiva de género promoviendo una cultura institucional de respeto a las personas

Conoce en detalle esta política

Diversidad Sexual

Estándares Internacionales

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recursos

Igualdad y no discriminación de género: normativa internacional

Material de consulta elaborado por la Academia Judicial de Chile

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Recursos

Glosario LGBTI Corte IDH

Si bien la CIDH ha adoptado un acrónimo fácilmente reconocible para nombrar su Relatoría, es importante señalar que la Relatoría sobre los Derechos de las Personas LGBTI se ocupa de cuestiones de derechos humanos relacionadas a la orientación sexual, la identidad y la expresión de género, y la diversidad corporal

Ir al glorario de terminología LGTBI
La perspectiva de género permite visibilizar los roles, estereotipos y prejuicios de género binario que sustentan discriminaciones y violencias que se esconden en la aparente normalidad de mensajes e ideales de mujeres y hombres a seguir, que se siguen reproduciendo día a día.

El derecho internacional de los derechos humanos ofrece a la magistratura una guía de los principales consensos de la comunidad internacional, contenidos en normas y principios, acerca de aquellos motivos por los cuales no está permitido discriminar y aquellos donde cierto tipo de distinciones sí estará justificada, o bien será necesaria e imperativa.

El acoso sexual en el Poder Judicial

Estudio de Diagnóstico sobre la perspectiva de Igualdad de Género en el Poder Judicial Chileno

El estudio realizado el 2015 demostró a través de su analisis normativo que no se reconoce de forma expresa o no se trata en cuanto garantía legal la protección de las personas LGBTI

De los datos cuantitativos en relación a la igualdad de trato, el estudio revela que existe una percepción de que es muy importante la igualdad de trato entre hombres y mujeres, sin embargo la situación del colectivo LGBTI se invisibiliza.

Se considera que las personas de este colectivo no manifiestan o no pueden manifestar abiertamente su orientación sexual o identidad de género, por el rechazo que se produce en las personas que integran el Poder Judicial a todos los niveles.

Ver en detalle este estudio


Brechas, inequidades y barreras en el acceso a la justicia

Estudio de Acceso a la justicia de las personas LGBTI+

El objetivo general de este estudio es identificar las brechas, inequidades y barreras en el acceso a la justicia que experimentan las personas LGBTI+ en Chile, con especial enfoque en el ámbito institucional del Poder Judicial.

Ver en detalle este estudio


Recursos

Manual de Lenguaje inclusivo

En el marco de la Política de Igualdad de Género y No Discriminación del Poder Judicial, que tiene como una de sus líneas de acción la necesidad de promover el uso de lenguaje inclusivo en todos los aspectos relacionados con la atención de usuarios y usuarias, ponemos a disposición de las personas integrantes de la institución y del público en general este Manual para el uso del lenguaje inclusivo no sexista en el Poder Judicial de Chile.

Descarga esta herramienta

Orientación Sexual

Fallos relevantes

Juzgado de Familia de Santiago emite sentencia que reconoce los derechos filiativos de dos mujeres sobre su hijo

El día 8 de junio de 2020, el Segundo Juzgado de Familia de Santiago emitió sentencia sobre reclamación de maternidad, en virtud de la cual reconoce los derechos filiativos de dos mujeres sobre su hijo, concebido con técnicas de reproducción humana asistida.

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Documentos relevantes para impartir justicia con perspectiva de género

Proyecto Cuaderno Buenas Prácticas para incorporar perspectiva género en la administración de Justicia

Durante 2017 la Secretaría Técnica obtuvo fondos de “EuroSocial+”, Programa para la cohesión Social en América Latina, para elaborar un “Cuaderno de Buenas Prácticas para incorporar la perspectiva de género en la administración de justicia, dirigido a la judicatura”, que se está desarrollando por la Corte Suprema con la cooperación de dicho programa, de acuerdo a Carta de Compromiso firmada entre ambas instituciones con fecha 29 de septiembre de 2017.

Ir a la página del CBP

Protocolo de Actuación en casos que involucren la orientación sexual o identidad de género (Suprema Corte de Justicia de México)

El objetivo del Protocolo consiste, bajo el principio de máximo respeto a la autonomía e independencia de los y las juzgadoras, en auxiliarlos a cumplir el mandato constitucional en materia de derechos humanos, el cual plantea grandes retos para el Poder Judicial en relación con sus deberes de respeto, protección, garantía y promoción de los derechos humanos de todas las personas.

Descarga este protocolo

Identidad de Género

Guía

Ley 21.120 que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género

Con fecha 10 de diciembre de 2018, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N°21.120 que “Reconoce y da protección al derecho a la identidad de género”. La normativa tiene como objetivo dar respuesta a un gran problema que las personas trans en Chile han debido enfrentar por años: la falta de reconocimiento legal de su identidad de género cuando no corresponde con el sexo asignado al nacer.

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Fallos relevantes

Jurisprudencia que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género

En la práctica, las personas cisgénero (aquellas que se identifican con el sexo que les fue asignado al nacer) no tienen problemas relacionados con su nombre y sexo legal en las distintas esferas de su vida. Sin embargo, la realidad de las personas trans es muy distinta, y deben enfrentar una serie de obstáculos para que se respeten de manera efectiva sus derechos.

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Materiales

Lineamientos para la implementación de la Opinión Consultiva No. 24 en el marco del reconocimiento legal de la identidad de género

Implicaciones de la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para las instituciones de registro civil e identificación

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Material Audiovisual

Curso Audiovisual Ley 21.120

La Secretaría Técnica de Igualdad de Género y no Discriminación de la Corte Suprema ha preparado una serie de materiales con el objetivo de dar a conocer los principales contenidos de la Ley N°21.120 que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género, y algunas medidas adoptadas por el Poder Judicial.

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Charla en línea: Ley N° 21.120 de identidad de género, organizada por la Academia Judicial

Durante 2017 la Secretaría Técnica obtuvo fondos de “EuroSocial+”, Programa para la cohesión Social en América Latina, para elaborar un “Cuaderno de Buenas Prácticas para incorporar la perspectiva de género en la administración de justicia, dirigido a la judicatura”, que se está desarrollando por la Corte Suprema con la cooperación de dicho programa, de acuerdo a Carta de Compromiso firmada entre ambas instituciones con fecha 29 de septiembre de 2017.

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En palabras simples “Protocolo de atención en causas de ley de identidad de género del Segundo Juzgado de Familia de Santiago"

El Segundo Juzgado de Familia de Santiago elaboró un protocolo para la atención y tramitación de causas de la Ley 21.120. La magistrada Macarena Rebolledo, jueza del Segundo Juzgado de Familia, fue entrevistada por el Canal del PJUD, oportunidad en la cual explica en qué consiste el protocolo y sus objetivos.

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Video explicativo sobre fallo que aplica la ley de identidad de género e interés superior del niño

En fallo unánime la Corte de Apelaciones de Iquique descartó que el cambio de nombre y sexo de la recurrente en la partida de nacimiento de su hijo afecte el interés superior del niño

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Protocolo de actuación para la atención en justicia con enfoque de género y diversidad (Universidad de Concepción). Proyecto Fondef 2018-2019.

¿CUÁL EL PROPÓSITO DEL PROTOCOLO?

El Protocolo de actuación para la atención en justicia con enfoque de género y diversidad sexual es un instrumento que tiene como propósito principal entregar recomendaciones que favorezcan la incorporación de la perspectiva de género en las actuaciones del Poder Judicial chileno (PJUD), a fin de favorecer el respeto y cumplimiento del acceso a la justicia para todas las personas, con énfasis en la atención a personas usuarias y el trato entre personas integrantes de la institución.

Ir a protocolo.fondefgeneroudec.cl