Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación

Manual para el uso del lenguaje inclusivo no sexista en el Poder Judicial de Chile

 La Sociedad avanza. 
 Nosotros también. 

27 de Agosto de 2021
En el marco de la Política de Igualdad de Género y No Discriminación del Poder Judicial, que tiene como una de sus líneas de acción la necesidad de promover el uso de lenguaje inclusivo en todos los aspectos relacionados con la atención de usuarios y usuarias, ponemos a disposición de las personas integrantes de la institución y del público en general este Manual para el uso del lenguaje inclusivo no sexista en el Poder Judicial de Chile.

¿Qué es el lenguaje inclusivo?

El lenguaje inclusivo es una forma de hablar y escribir sin sesgos o tonos que reflejen visiones prejuiciosas, estereotipadas o discriminatorias de personas o grupos.

¿Por qué el Poder Judicial promueve el uso del lenguaje inclusivo?

1. Porque las personas integrantes del Poder Judicial señalaron que era algo importante que se debía hacer, cuando participaron activamente en el “Estudio de diagnóstico sobre la perspectiva de género en el Poder Judicial chileno” (2016)

Ver más sobre este estudio de diagnóstico
2. Porque lo señala la Política de Igualdad de Género y No Discriminación del Poder Judicial (2018).
3. Porque contribuye a visibilizar los estereotipos y evitar el sexismo en el lenguaje y por tanto en el discurso judicial, lo que afecta la aplicación de justicia.
4. Porque el lenguaje inclusivo está activamente siendo promovido y ocupado en instituciones públicas, en medios de comunicación y en comunicaciones formales e informales de las personas en Chile e Iberoamérica y se requiere que la institución entregue lineamientos a sus integrantes.

¿Este manual prescribe normas, es decir su uso es obligatorio?

No, se sugiere su revisión y adopción, pero su propósito no es generar reglas sino que recomienda usos prácticos que puedan ser comprendidos como un avance para los derechos de las mujeres y otros grupos. Entendemos que la administración de justicia debe resguardar la igualdad de trato, pero a la vez debe atender a las particularidades que caracterizan las distintas discriminaciones que pueden afectar a las mujeres y otros grupos, entre ellas en el uso del lenguaje.

¿Qué encontraremos en el Manual? ¿Aborda las críticas de la RAE?

El manual propone una discusión conceptual sobre lenguaje no sexista desde la perspectiva de género y la norma gramatical, partiendo de la premisa de que el lenguaje es dinámico y sus estructuras pueden verse modificadas según el contexto de su uso y por los planteamientos políticos sobre sus limitaciones y alcances.

Sí, explicamos la posición de la RAE y con ella misma argumentamos sobre la pertinencia de la promoción del lenguaje inclusivo.

El manual consta de dos secciones: en la primera de ellas se plantea la interrogante “¿Por qué el lenguaje inclusivo?” y, a través de sus cuatro capítulos, se traza la discusión abordando sus definiciones y principios; su relación con lo jurídico y la justicia; el avance de este tema en otras instituciones y los principales mitos sobre su utilización. En la segunda sección se entregan sugerencias y consejos prácticos sobre cómo utilizar e incorporar el lenguaje inclusivo. El manual finaliza con un Glosario que define los principales conceptos utilizados a lo largo del texto y con un anexo que permite que quien lo desee pueda profundizar un poco más en un tema determinado.

¿Quién y cómo se elaboró el Manual para el uso del lenguaje inclusivo no sexista en el Poder Judicial de Chile?

La elaboración de este documento se realizó en base al resultado de la asesoría licitada y adjudicada de la Consultora Plataforma Pública. El texto final fue intensamente editado y diseñado por el equipo profesional de la Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación de la Corte Suprema de Justicia de Chile.

Descarga el manual para el uso del lenguaje inclusivo no sexista en el Poder Judicial

Manual para recomendar usos prácticos que puedan ser comprendidos como un avance para los derechos de las mujeres y otros grupos, entendiendo que la administración de justicia debe resguardar la igualdad de trato, pero a la vez atender a las particularidades que caracterizan las distintas discriminaciones que pueden afectar a las mujeres y otros grupos, entre ellas en el uso del lenguaje.

Descarga