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Repositorio de sentencias · Constitucional

Violencia sexual en centro de detención preventiva

07/08/2019 | Violencia sexual en centro de detención preventiva | Constitucional

Resumen del caso

Defensor Penal Público, interpone recurso de amparo a favor de mujer privada de libertad y en contra de Gendarmería de Chile, exponiendo que tomaron conocimiento de que la amparada fue víctima de agresión sexual por parte de otra interna, quien le habría introducido sus dedos en la vagina intimidándola al efecto con un arma blanca, por lo que habría sido trasladada al Hospital Carlos Van Buren. Arguye que Gendarmería ha incumplido con las disposiciones contenidas en los artículos cuarto, quinto y sexto de su Reglamento, además del artículo quinto numeral segundo del Pacto de San José de Costa Rica, solicitando que en definitiva se acoja el presente recurso, ordenando se adopten las medidas necesarias para reestablecer el imperio del derecho, disponiendo la inmediata libertad de la amparada si el Complejo Penitenciario no puede cumplir con su rol de custodio de las personas privadas de libertad, garantizando su integridad física y psíquica. La Corte de Apelaciones de Valparaíso acoge el recurso de amparo, dejando sin efecto la medida de prisión preventiva de la amparada, decretándose la inmediata libertad de ésta, sin perjuicio de que el Juez de Garantía citará a una audiencia para discutir alguna de aquellas medidas previstas en el artículo 155 del Código Procesal Penal.

Información descriptiva

Número de rol/caso558-2019
Partes intervinientesDefensoría Penal Pública / Gendarmería de Chile
TribunalCorte de Apelaciones de Valparaíso
MateriaConstitucional
Tipo de procesoAmparo
Clase de decisiónSentencia definitiva
Autoridad que toma la decisiónMinistra Silvana Juana Aurora Donoso O., Ministra Suplente María Eugenia Vega G. y Abogada Integrante Sonia Eujenia Maldonado

Considerando relevante

Que, además, de conformidad con la normativa internacional, encontrándonos frente a una medida cautelar puesto que, aun cuando exista un fallo condenatorio ha variado la naturaleza jurídica de la privación de libertad que sufre la amparada, resulta inadecuado que mediante aquella se perpetúe la desigualdad estructural que se advierte con relación al género femenino y que aún se mantiene vigente en nuestra cultura. En tal sentido, ha de tenerse presente la normativa internacional entre la que se destaca primeramente y a nivel de Naciones Unidas, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) y, con posterioridad y mayor especificidad, la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Belém do Pará). En este contexto, particularizando el tratamiento internacional, deben colacionarse las Reglas de las Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes (Reglas de Bangkok) (…).

Temas tratados en el caso