Relator Especial sobre la protección contra la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género
En abril de 2017, el Experto Independiente sobre la protección contra la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género de las Naciones Unidas publicó su primer informe. En este documento señala que la violencia contra las personas LGTBI es común y “puede adoptar diversas formas, a saber, física, sexual o psicológica. La violencia se ve favorecida por el desequilibrio en la dinámica de poder respecto del género y por los prejuicios y la discriminación contra las personas de las que se percibe que se desvían de las normas e identidades de género y sexualidad. Además, en la vulnerabilidad a la violencia influyen múltiples factores estructurales, entre ellos, leyes y políticas discriminatorias o estrictas, y prácticas policiales y normas culturales y sociales que legitiman la estigmatización y la discriminación.”
El experto expresa que todas las personas tienen una orientación sexual e identidad de género, cuestión de la que “surge la lamentable realidad de que algunos grupos y personas se ven afectados por la violencia y la discriminación precisamente porque se considera que tienen una orientación sexual e identidad de género diferentes con respecto a una determinada norma social.”
En el informe del Experto Independiente sobre la protección contra la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género de las Naciones Unidas, de abril de 2017, se señala que “en relación con la orientación sexual y la identidad de género, se han generalizado en diversos frentes los asesinatos, las violaciones, las mutilaciones, las torturas, los tratos crueles, inhumanos y degradantes, las detenciones arbitrarias, los secuestros, el acoso, las agresiones físicas y mentales, la intimidación sufrida desde una edad temprana, las presiones que redundan en suicidios, así como las medidas y los gestos discriminatorios, agravados por la incitación al odio. Estos incidentes negativos requieren la adopción de medidas eficaces para luchar contra la violencia y la discriminación en sus diversas formas.” En particular, explica que “las mujeres lesbianas, bisexuales y transgénero y los jóvenes LGBTI se encuentran particularmente expuestos al riesgo de violencia física, psicológica y sexual en el ámbito familiar y comunitario.” El informe concluye recomendando a los Estados a que apliquen plenamente los tratados internacionales de derechos humanos, en particular el respeto de la orientación sexual y la identidad de género, adoptando una serie de medidas que tengan en cuenta los derechos humanos en materia de leyes, políticas, acción coercitiva en relación con los casos, capacitaciones , remedios jurídicos, entre otros.
En el informe del nuevo Experto Independiente sobre la protección contra la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género, de 11 de mayo de 2018, se explica que “varios estudios exhaustivos han demostrado que las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero y de género no conforme corren un mayor riesgo de sufrir violencia física y sexual y que, en la mayoría de esos casos, la orientación sexual o la identidad de género de las víctimas fueron causas determinantes de los abusos.” El experto independiente destaca que no se debe negar este fenómeno, señalando que “la negación consiste en adoptar la posición de que la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género no existe en un contexto particular o que, en un contexto social determinado, no hay personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero o de género no conforme [lo cual] favorece la violencia y la discriminación y es la causa fundamental de algunos de los actos atroces que se describen en el presente informe. En un contexto de negación, los autores de esos actos se sienten motivados y legitimados para reprimir o castigar la diversidad. Invariablemente, los datos recopilados serán poco fiables y sistemáticos y sesgados; todas las medidas adoptadas por el Estado para combatir la violencia y la discriminación, ya guarden relación con las políticas públicas, el acceso a la justicia, la reforma legislativa o las medidas administrativas, se verán, por lo tanto, obstaculizadas por este hecho.” El experto indica que se pueden lograr cambios importantes mediante la creación de políticas públicas en varios ámbitos, entre ellos la justicia. Es por ello que recomienda a los Estados adoptar “todas las medidas necesarias para prevenir, investigar y castigar los actos de violencia y discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género perpetrados por los agentes estatales y no estatales, independientemente de que los actos de violencia fueran cometidos en el ámbito público o privado, y para otorgar reparaciones a las víctimas de esos actos de violencia y discriminación.” También invita a los Estados a elaborar “procedimientos exhaustivos de recopilación de datos a fin de poder evaluar con precisión y de manera uniforme el tipo, la prevalencia, las tendencias y las pautas de la violencia y la discriminación contra las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero y de género no conforme (…) Los datos deberían servir de base para la elaboración de las políticas y las medidas legislativas de los Estados, con miras no solo a prevenir nuevos actos de violencia y discriminación, sino también a colmar las lagunas en la investigación, el enjuiciamiento y la concesión de reparaciones. A fin de evitar el uso indebido de los datos recopilados, los Estados deberían aplicar a los datos un enfoque de derechos humanos.” Además, recomienda crear sistemas eficaces para denunciar los delitos motivados por prejuicios por la orientación sexual y la identidad de género, establecer “unidades especializadas en las fiscalías para investigar y enjuiciar los delitos motivados por prejuicios basados en la orientación sexual y la identidad de género” , adoptar “políticas, directrices y protocolos específicos relacionados con la orientación sexual y la identidad de género” , impartir “capacitación especializada a los agentes del orden y las personas que trabajan en el sistema de justicia para combatir los prejuicios inconscientes que pueden influir en las investigaciones y los enjuiciamientos” , velar por que “la orientación sexual o la identidad de género de la víctima no se utilice para justificar el delito o reducir la pena impuesta, o eximir a los autores de su responsabilidad penal” , entre otros.