Área de estudios y capacitación

Estudio “Acceso a la justicia de las personas LGBTI+”

16 de junio de 2022
La Política de Igualdad de Género y No Discriminación del Poder Judicial (2018) reconoce que la convergencia o superposición del género con otras múltiples formas de discriminación, como la orientación sexual, la identidad de género, entre otras, aumenta el riesgo de que algunas personas sean víctimas de discriminación compuesta, lo que obliga al Estado y, en este caso, al sistema de administración de justicia, a adoptar todas las medidas de protección que sean necesarias para evitar violaciones de los derechos humanos en base a esta combinación de uno o más factores.
En el eje “No Discriminación de Género” se establece como objetivo de la Política “eliminar las barreras por motivos de sexo, género, identidad de género u orientación sexual en el Poder Judicial que distinguen, excluyen o restringen el adecuado goce y ejercicio de los derechos humanos a integrantes y a usuarios y usuarias de nuestra institución”.
Sumado a lo anterior, la regla n°20 de las Reglas de Brasilia señala que “son causa de vulneración de acceso a la justicia las acciones o conductas discriminatorias hacia las personas por motivo de su orientación o identidad sexual, o por razones de género”.
En este contexto en 2021 se licitó a través de Mercado Público la consultoría para realizar el estudio “Acceso a la justicia de las personas LGBTI+” a través de la licitación pública ID N°425-34-LE21. Se adjudicó al Centro de Estudios de la Justicia de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, por medio de la resolución exenta n°491, del 15 de julio de 2021. El trabajo de campo se realizó el segundo semestre de 2021.

Acceso a la justicia de las personas LGBTI+

El objetivo general de este estudio es identificar las brechas, inequidades y barreras en el acceso a la justicia que experimentan las personas LGBTI+ en Chile, con especial enfoque en el ámbito institucional del Poder Judicial.
Webinar: “Acceso a la justicia de las personas LGBTI+” Corte Suprema de Justicia" 16 de Junio de 2022

Objetivos específicos

1. Elaborar un marco teórico que, considerando la literatura actual y relevante a nivel internacional y nacional y de forma crítica, permita conocer la historicidad del movimiento, la estadísticas que existan en Chile y la evolución de los conceptos referidos a la identificación del grupo LGBTI+.
2. Contar con un marco normativo que permita identificar los estándares internacionales de DDHH, incorpore legislación comparada focalizada en países que tengan avances en materia de acceso a la justicia de las personas LGBTI+ (al menos 3) e incorpore las normas chilenas que otorgan garantía y protección en el acceso a la justicia para las personas LGBTI+, con base en la debida diligencia.
3. Contar con un marco normativo que permita identificar los estándares internacionales de DDHH, incorpore legislación comparada focalizada en países que tengan avances en materia de acceso a la justicia de las personas LGBTI+ (al menos 3) e incorpore las normas chilenas que otorgan garantía y protección en el acceso a la justicia para las personas LGBTI+, con base en la debida diligencia.
4. Indagar sobre el conocimiento de conceptos referidos a género y grupos LBGTI+ de quienes integran el Poder Judicial (todos los estamentos), incluyendo sus obligaciones funcionarias con base en la debida diligencia.
5. Plantear recomendaciones para mejorar la integración del enfoque de diversidad sexual en la institución.

Aspectos metodológicos

Se utilizaron técnicas cualitativas y cuantitativas.
Elaboración de un marco teórico que incluyó la revisión de la literatura actual y relevante a nivel internacional y nacional, la historicidad del movimiento, las estadísticas que existan en Chile y la evolución de los conceptos referidos a la identificación del grupo LGBTI+.
Análisis de legislación comparada, en materia de acceso a la justicia de las personas LGBTI+, de Argentina, España y Uruguay.
Encuesta online a integrantes del Poder Judicial, respondida de forma completa por 2.027 personas, equivalente al 14,9% del total de personas de la institución.

Diseño y aplicación de pautas de entrevistas a 46 personas informantes:

Tipo de informante

N° de entrevistas

Poder Judicial

6

Otras Instituciones del Estado

8

Asesores organizaciones LGBTI+

4

Organizaciones LGBTI+

16

Personas usuarias del Poder Judicial

13

TOTAL

46

Principales resultados

En el análisis de legislación comparada

La protección de los derechos de las personas LGBTI+ tanto para el caso de Chile como de los países estudiados (España, Argentina y Uruguay) se construye a partir de la configuración del derecho a la igualdad, la no discriminación y el derecho a la identidad. Contribuyen en los criterios del legislador y de la judicatura las cláusulas de apertura constitucional al Derecho Internacional de los derechos humanos.

El régimen de Chile de igualdad y no discriminación es más débil que lo observado en los demás países de estudio, los que a partir de cláusulas genéricas sobre igualdad, no discriminación y categorías sospechosas, han avanzado hacia niveles más elevados de protección en la ley. Además, en los ordenamientos jurídicos de los países estudiados el legislador ha ido desarrollando otras normas en el plano infraconstitucional.

En el caso de Chile la menor densidad de la constitución y la ley en materia de igualdad y derecho antidiscriminatorio puede ser superada a partir del artículo 5 de la Constitución, el que contiene un reenvío a los tratados internacionales ratificados y vigentes.


Visión/Actitud institucional del Poder Judicial sobre el acceso a la justicia de las personas LGBTI+

En los organismos estatales en general se tiende a una comprensión binaria del género y el conocimiento sobre las identidades contenidas en el acrónimo LGBTI+ depende de la persona entrevistada.

Se observan algunas barreras de acceso a la justicia vinculadas principalmente a la invisibilidad de los fenómenos de discriminación y al no reconocimiento de la especificidad de las experiencias del colectivo y de su ethos relacionado. En las instituciones se manifiesta una concepción individual de las personas integrantes de la institución sobre las disidencias y diversidades sexuales.

En ocasiones existen algunas situaciones de discriminación, reconocidas por las personas usuarias, sus organizaciones y/o quienes les han prestado asesoría legal: existe una exposición exagerada de la privacidad o una invisibilización total de la diferencia; el trato es en virtud de la apariencia y el trato está permeado por otros marcadores sociales como la clase social o el nivel socioeconómico.

A nivel del Poder Judicial el funcionariado que contestó la encuesta (14,9% de toda la institución) consideró:
  • En términos generales existe consenso de la existencia de discriminación a nivel país y consideran positivo que se esté visibilizando y estudiando el tema en la institución.
  • El 86,8% de quienes respondieron la encuesta considera que las personas usuarias que son LGBTI+ reciben el mismo trato que las demás personas en el Poder Judicial.
  • Consideran que la discriminación que puedan sufrir las personas LGBTI+ ocurre principalmente en las demás instituciones del sistema de justicia y sólo un 20% de quienes respondieron consideró que hay discriminación en quienes atienden en la institución.
  • El 71,7% de las personas encuestadas cree que es probable o muy probable que para la resolución del caso sea relevante el que la persona afectada sea LGBTI+, mientras que el 28,3% cree que será nada o poco probable.
  • Sólo un 21% de quienes respondieron estima que hay discriminación en la judicatura que conoce los casos de las personas que involucran personas LGBTI+.
  • Estiman que es muy probable que la magistratura al fallar el caso tenga en especial consideración la condición de vulnerabilidad de las personas LGBTI+ (46,6%).
  • La capacitación en temas relacionados a las personas LGBTI+ (y su acceso a la justicia) es baja: un 77% de quienes respondieron la encuesta no se ha capacitado en estos temas, mientras que un 12,8% ha estado en una charla o curso en donde se tocaron estos temas de un modo más general y sólo un 9,8% ha cursado alguna capacitación en temas exclusivos sobre personas LGBTI+.
  • Independientemente de la baja capacitación en estos temas las personas integrantes del Poder Judicial no se sienten, comparativamente, menos informadas que otros organismos.
"Como que siempre lo que más afecta es el desconocimiento de los temas por parte de los operadores de justicia, porque salen con cada barbaridad y con cada frase que tú dices: ´ugh, no tienen idea’”
Informante Poder Judicial

20%

DE LAS PERSONAS ENCUESTADAS
Considera que hay discriminación en quienes atienden en la institución

71%

DE LAS PERSONAS ENCUESTADAS
cree que es probable o muy probable que para la resolución del caso sea relevante el que la persona afectada sea LGBTI+

12,8%

DE LAS PERSONAS ENCUESTADAS
ha estado en una charla o curso en donde se tocaron estos temas de un modo más general y sólo un 9,8% ha cursado alguna capacitación en temas exclusivos sobre personas LGBTI+.
Predomina la omisión de la especificidad de las experiencias de las personas LGBTI+ en los procedimientos. Los datos sobre identidad de género / orientación sexual no se registran/mencionan en parte también por un criterio de privacidad de la información, es decir, se parte desde la presunción de que la persona no quiere que su orientación sexual o identidad de género sea conocida, sin embargo que se conozca puede servir a la persona afectada o demandada. El uso de información privada se encuentra en una zona gris y se suele operar más bien sopesando las implicancias que puede generar ante un juez o una jueza que tenga o pueda tener tendencias homofóbicas o transfóbicas.
“Juega en contra también que el sistema es súper formal, al menos en los juicios orales. Entonces tú declaras solo lo que te están preguntando. Y si tú quieres decir por ejemplo ´yo creo que me pegó porque soy gay´, si nadie te pregunta eso, no tienes cómo decirlo. Seguramente tú vas a abrir la boca y el abogado va a decir: ´señoría, dígale a la testigo que solo tiene que hablar cuando yo le pregunte’. Entonces hay un espacio que queda como silenciado y sí, el tema es ‘el tribunal no me escuchó, el abogado no me escuchó’ y cuando tú sientes que no te escuchan crees que se comete una injusticia”
Informante Poder Judicial

Experiencia de las personas usuarias / asesores o asesoras jurídicas de las organizaciones LGBTI+

Reconocen que existe un alcance insuficiente de la legislación para la protección efectiva de derechos y de medidas antidiscriminación.

Las personas LGBTI+ construyen su identidad a partir de la comprensión de una posición particular dentro de la sociedad, posición que les expone a una mayor discriminación relativa a quienes no se identifican con el canon heterosexual y cisgénero. Hay consenso en la existencia de discriminación, en el Poder Judicial, en diferentes planos hacia las personas LGBTI+: incide la identidad de género, la expresión del género y de la sexualidad, pero a su vez también ellas intersectan con otras características generales de (posible) discriminación, como la clase o el nivel socioeconómico y la edad.

Se reconoce que aunque aún se necesita avanzar mucho más en distintos ámbitos (además de las mejoras legislativas) en formación a las personas integrantes, por ejemplo, ha habido avances en comparación a las décadas anteriores. Hoy depende de los y las operadoras de justicia, pues mientras algunas personas manifiestan un desconocimiento completo del tema, otras muestran mayor sensibilidad y comprensión de aquel.

“Mira, lo que se hace bien, yo creo que ha habido, sobre todo desde el fallo Atala en adelante, ha habido una consciencia del Poder Judicial de que no puede discriminar debido a la orientación sexual, la identidad de género de las personas”
Informante Organización LGBTI+ y Persona Usuaria PJUD
“Es super variopinto el sistema de justicia. Entonces, cuando tú te encuentras en ese escenario, piensas si es que quieres denunciar, terminas pensando en si quieres entrar en un proceso o no. O si es que denuncias, después hay tantas barreras en el proceso que terminas desistiendo (…) Y claro, se termina como perpetuando la idea de que, a lo mejor la denuncia no era cierta, porque como ahora la persona desistió, cuando en verdad ni siquiera debiese pasársenos por la cabeza que la persona desiste porque (la situación) era falsa, sino porque no quiere verse enfrentada a un sinnúmero de situaciones que terminan en el fondo poniendo en tela de juicio tu relato, tu versión y tu historia”
Informante de organización LGBTI+
Dentro de las personas LGBTI+ la identidad Trans es sindicada como la de mayor discriminación en el sistema de justicia. La discriminación aumenta en relación a los recintos carcelarios, el acceso al trabajo y el comercio sexual.

La expresión de género se asocia a discriminación según haya menor grado “de ajuste” de las personas al criterio hombre-masculino / mujer- femenina.

El Poder Judicial es percibido principalmente por organizaciones LGBTI+ y personas usuarias como un organismo elitista: la persona será tratada según su apariencia (una mujer homosexual de clase alta será mejor tratada que una mujer homosexual de clase baja, por ejemplo).

Existen situaciones que tratan de manera ambigua la diversidad sexual y de género y que tiene implicancias en la manera como las personas sienten que son reconocidas por la justicia: como la sobreburocratización del proceso en familias LGBTI+ en comparación a las personas heterosexuales; la desatención con respecto a las infancias LGBTI+; la omisión de la consulta por el nombre social y los pronombres personales para el tratamiento de las personas trans o no binarias; las multas por ofensa a las buenas costumbres; la solicitud de papeles psiquiátricos a personas de la diversidad y los comentarios basados en prejuicios.

“A las personas trans se les pide mucha más información. Registros médicos, carnet de identidad, fotografía, que a tí como personas cisgénero no te van a pedir. Ser parte desde ese cuestionamiento que es muy complejo, que han vivido discriminación y victimizaciones toda su vida”
Informante organización LGBTI+
“Yo creo que todas las instituciones tenemos una historia de maltrato hacia la persona de la diversidad. O sea, todas las instituciones, el Poder Judicial, el Ministerio Público, el Servicio Médico Legal, etc. En general, las historias que cuentan siempre son de ‘las risitas, las miradas’, o sea, si no dicen algo abiertamente, está esa mirada cuestionadora y burlona”
Informante Poder Judicial

La identidad Trans es sindicada como la de mayor discriminación en el sistema de justicia

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El Poder Judicial es percibido principalmente por organizaciones LGBTI+ y personas usuarias como un organismo elitista.
La discrecionalidad de jueces y juezas implica una experiencia de arbitrariedad para las personas, quienes se enfrentan a una especie de “azar” de quién será la persona que fallará sobre su caso, reconociéndose que la percepción que dicha jueza o juez tenga hacia la población LGBTI+, la religión, y la perspectiva moral en general, influirá en el abordaje de las situaciones allí comprometidas. Se percibe arbitrariedad en la aplicación de ciertas leyes (por ejemplo, ley de identidad de género, ley de adopción y protección de personas menores de edad) e ineficiencia en otras (VIF) donde no se evidencia un compromiso tangible contra la discriminación. Sin embargo, se reconoce la existencia de agentes que buscan cambiar esta situación dentro distintas instancias concretas en el Poder Judicial.

La existencia de barreras de acceso a la justicia se vinculan a fenómenos de discriminación (ya expuestos más arriba) y al no reconocimiento de la especificidad de las experiencias del colectivo y su ethos relacionado. Esta ausencia de reconocimiento explícito a las diversidades no obedece necesariamente a desinterés sino que puede vincularse a que el sistema de justicia se concibe a sí mismo como “neutral” y, por lo tanto, como un organismo que deja fuera las diferencias particulares de los individuos.
El Poder Judicial, según las personas entrevistadas, fluctuaría entre una invisibilización total de la diferencia y una exposición exagerada de la privacidad de las personas LGBTI+.

“Como que siempre lo que más afecta es el desconocimiento de los temas por parte de los operadores de justicia, porque salen con cada barbaridad y con cada frase que tú dices: ´ugh, no tienen idea’”
Informante Poder Judicial
La percepción sobre posibles discriminaciones, sea por experiencias previas propias o ajenas con el sistema de justicia, o por las discriminaciones sufridas en los demás ámbitos de la vida, lleva a que las personas LGBTI+ adopten estrategias elusivas como no denunciar agresiones o maltratos. En otras palabras: puede que (muchos) casos de violación de derechos de las personas LGBTI+ no lleguen a los tribunales por su propia decisión de acudir al sistema de justicia, a modo de evitar más situaciones de discriminación. Las acciones de justicia serán emprendidas en mayor medida por personas con mayor nivel educacional, pues quienes tienen menos educación formal enfrentan más obstáculos para saber cómo proceder).
“(…) hay una discriminación internalizada, por eso también las personas no llegan a denunciar o no quieren seguir el proceso, porque inconscientemente se dicen a sí mismas que no van a lograr nada. Entonces hay un tema psicológico que se involucra en esta discriminación, pero que ya va más enfocado a tu internalización de ese problema, de esa discriminación y de la falta de herramientas emocionales para poder sobrellevarlo. Como te digo, no hay indemnización, no hay reparación, no hay nadie que te acompañe en el proceso, entonces finalmente quedas expuesto solo y desamparado”
Informante Organización LGBTI+
Las barreras que se mencionan como motivo para no denunciar son:

  • La ausencia de perspectiva de género en instituciones estatales para tratar las denuncias con personas LGBTI+.
  • La ocurrencia reiterada de situaciones de revictimización en procedimientos previos, propios o de terceras personas.
  • La percepción de que el funcionariado del Poder Judicial tienen una concepción previamente configurada respecto de las personas LGBTI+, lo que se traduce en un desincentivo a demandar.
  • Desesperanza aprendida por lo vivido/resuelto en procedimientos previos propios o de terceras personas.
  • Las personas usuarias directas e indirectas (como patrocinantes) consideran, conforme a sus experiencias vividas, que existiría una falta de rigurosidad y abordaje respecto de personas LGBTI+, tanto en el trato directo como en la forma en la que se llevan las causas por parte del funcionariado policial; además que el Ministerio Público no perseveraría en las causas de las personas LGBTI+.
  • Evitar la exposición pública de su vida privada; alto costo monetario y de tiempo para solventar un juicio y la dificultad para encontrar abogadas y/o abogados que lleven causas de personas LGBTI+.

Conclusiones

Hay problemas estructurales (discriminación en la sociedad de forma global, falta de capacitación en las personas operadoras de justicia (la que no es obligatoria) y falta de normativa aplicable a la protección de las personas LGBTI+.
Si bien ha habido avances en el Poder Judicial, la discrecionalidad en la resolución de los casos sigue siendo un tema.
Existen situaciones de discriminación específicas hacia las personas LGBTI+, las que además intersectan con otras discriminaciones, como las de clase.
Las personas LGBTI+ acusan falta de receptividad de su situación en tribunales
Si bien el Poder Judicial se percibe a sí mismo como “neutral”, en gran medida la neutralidad con la que se autocaracteriza se vincula con la ausencia de reconocimientos de especificidades propias de las personas LGBTI+, como el tratamiento y particularidades del acrónimo.

Recomendaciones

Es necesario recolectar los datos sobre las personas LGBTI+ que son usuarias del Poder Judicial, los que deben seguir estándares internacionales de confidencialidad. Esa información permitirá estudiar las discriminaciones que les afectan.
Por tratarse de un segmento de la población particularmente discriminado y/o que se siente así, es necesario desarrollar actividades específicas para favorecer su acceso a la justicia, por lo que es menester fomentar y desarrollar una cultura de derechos por la vía de la sensibilización en estos temas: capacitaciones; reestructuración y generación de protocolos.