Violencia Obstétrica | Civil
18 de enero de 2016
INFORMACIÓN DESCRIPTIVA
Número de Rol/Caso: C-28577-2008 |
Fecha: 18-01-2016 |
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Partes intervinientes: DEMANDANTE_1 y DEMANDANTE _2/ DEMANDADO |
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Tribunal: 9° Juzgado Civil de Santiago |
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Materia: Administrativo |
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Tipo de proceso: Responsabilidad Extracontractual del Estado. |
Clase de decisión: Sentencia de primera instancia |
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Autoridad que toma la decisión: Cecilia Argandoña Morales |
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Considerando relevante: “TRIGÉSIMO OCTAVO: Que todos estos hechos además constituyen violencia obstétrica puesto que se realizaron intervenciones innecesarias antes y durante el parto, lo que implicó para DEMANDANTE_1 maltrato y falta de respeto”. |
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Tema/s tratados en el caso: Violencia Obstétrica, Parto Macrosómico, Régimen de Responsabilidad Extracontractual del Estado (responsabilidad objetiva, civil, por falta de servicio), Estándar de servicio de Hospitales públicos y sus funcionarios. |
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Resumen del caso: Una mujer de 21 años tiene el parto de su primer hijo el en HOSPITAL, mismo lugar en que se había controlado todo el embarazo, desarrollándose este de forma normal. Durante el trabajo de parto se producen algunas complicaciones: al poner la epidural se produce una perforación de la duramadre, luego se produce un “explosivo detenido”, por lo que el médico a cargo utiliza fórceps. Al realizar esta maniobra, se produce “la seccin de esfnter anal externo y un desgarro rectal parcial que se reparó con sutura de la mucosa rectal y el esfnter” de la madre, y una fractura de cráneo en su hijo, sin secuelas para él. Esto no se le informa a la madre, hasta que al día siguiente se la dirige a pabellón para “la reparación perineal y plastia esfinteriana de un desgarro perianal IV posparto”. Como resultado, la madre tuvo que someterse a una colostomía temporal, que afectó su vida normal enormemente. |