25/07/2020 | Medidas cautelares alternativas a mujer de tercera edad | Penal
25 de julio de 2020
INFORMACIÓN DESCRIPTIVA
INFORMACIÓN GENERAL | |||||
Número de Rol/Caso: 1547-2020 | Fecha: 25 de julio de 2020 | ||||
Partes intervinientes: Ministerio Público / Imputada | |||||
Tribunal: Corte de Apelaciones de Valparaíso | |||||
Materia: Penal | |||||
Tipo de proceso: Recurso de Apelación | Clase de decisión: Revoca resolución apelada | ||||
Autoridad que toma la decisión: Ministra Sra. Carolina Figueroa Chandía , Ministra Sra. Silvana Donoso Ocampo y Ministra Sra. María Cruz Fierro Reyes | |||||
Considerando relevante: VISTOS TERCERO: Que, los estándares internacionales colacionados permiten afirmar que, respecto de las mujeres el Estado, incluyendo a la judicatura, debe preferir adoptar medidas cautelares distintas al encarcelamiento, debiendo considerarse, especialmente, la edad de la encartada, la pandemia que afecta al país, la que ya se ha propagado en la cárcel de Valparaíso y, además, que conforme a lo discutido en estrados, si bien aparece en su extracto una condena anterior por microtráfico, dichos antecedentes son del año 2012 y, consiguientemente, no podrán considerarse para efectos de agravar la pena que en su momento podría eventualmente imponerse. | |||||
Tema/s tratados en el caso: Prisión preventiva, medidas cautelares, imputada tercera edad, Reglas de Bangkok. | |||||
Resumen del caso: Defensoría Penal Pública deduce recurso de apelación en contra de resolución pronunciada por Juzgado de Garantía de Valparaíso, la cual decretó medida cautelar de prisión preventiva de la imputada, formalizada por el delito de tráfico de drogas, mujer de 73 años de edad. La Corte de Apelaciones, teniendo especial consideración en las Reglas de Bangkok, respecto del tratamiento de reclusas y medidas no privativas de libertad para las mujeres delincuentes, concluye que, según los estándares internacionales, el Estado debe preferir adoptar medidas cautelares distintas al encarcelamiento, debiendo considerarse especialmente la edad de la encartada, la pandemia que afecta el país, la que a la fecha se había propagado en la cárcel de Valparaíso, revocando la resolución apelada, dejando sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva de la imputada. |