04/06/2024 | Lesiones Menos Graves y Amenazas (V.I.F.) | Penal

           

4 de junio de 2024

            Fecha de actualización:
15 de mayo de 2025        
       
 

Información descriptiva

 
Número de rol/caso: 5563-2022 Fecha: 04/06/2024
Partes intervinientes: Ministerio Público c/X
Tribunal: Juzgado de Garantía de Iquique
Materia: Penal
Tipo de proceso: LESIONES MENOS GRAVES y AMENAZAS, EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR (V.I.F.) Clase de decisión: sentencia definitiva
Autoridad que toma la decisión: Mauricio Chía Pizarro
Considerando relevante: Extracto: UNDÉCIMO: Valoración de la prueba rendida. Lo primero que llama la atención en esta causa, atendiendo al Cuaderno de Buenas Prácticas para incorporar la Perspectiva de Género en las dictación de sentencias, dispuesto por la Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación de la Corte Suprema de Chile, es justamente un estereotipo de género subyacente a la declaración del imputado, al indicar éste que la víctima, su ex conviviente, se comportó tan agresiva con él que solo pudo soportar sus golpes impasible y sin responder, por la diferencia de fuerzas entre sí, hasta que ella se fue cuando fue a llamar a Carabineros una vez que familiares lograron con palabras calmarla, sin tener explicación alguna para las lesiones que ella constató, dando a entender que se trata de una persona inferior que se aprovecha de su debilidad para golpear impunemente y que luego es capaz de manipular a tal punto la situación que hasta se procuró tener lesiones de las cuales acusar a quien se propuso injustamente dañar. A lo anterior se agrega que siendo una persona mujer, migrante y que podría ser dependiente económicamente al haber sostenido tanto ella como el imputado que el titular del negocio que les proporcionaba sustento a ambos, sus hijos y padres, era precisamente el enjuiciado, quien tenía el poder de expulsarlos del domicilio común, sin tener importancia para ello que también el procesado sea migrante pues en este caso se encontraría en una situación privilegiada, se advierte que la situación de la ofendida corresponde al menos a tres categorías sospechosas (mujer, migrante, dependiente económicamente), lo que prohíbe absolutamente a discriminarla por tales motivos, pudiendo abordarse el asunto desde un enfoque interseccional, debiendo eliminar todo estereotipo posible, tal y como lo indica la Recomendación General Nro. 28 del Comité CEDAW…
Tema/s tratados en el caso: asimetría de poder, estándar de prueba, igualdad sustantiva, interseccionalidad, lesiones, maltrato, violencia contra las mujeres, violencia de género, violencia intrafamiliar, vulnerabilidad económica, vulneración derechos fundamentales.
Resumen del caso: El día 10 de octubre de 2022, aproximadamente a las 10:00 horas, en circunstancias que xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx se encontraba en su domicilio ubicado en calle XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, Iquique, en compañía de su ex conviviente el requerido XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, momentos en que se generó una discusión entre ambos de índole personal, en virtud de la cual ambos se agredieron. El acusado XXXXXXXXXXXX agredió a XXXXXXXXXXXX con golpes de puño y pies a la altura de ambos brazos, tórax, cabeza y pierna, además de amenazarla con mandarla a matar. Por su parte, la acusada XXXXXXXXXXXX agredió a XXXXXXXXXXXX apretándole sus testículos fuertemente. Producto de las agresiones que ambos se propinaron la acusada XXXXXXXXXXXXXXXXXXX resultó con lesiones de carácter clínicamente leves, consistentes en lesión contusa y eritema en tórax anterior, lesiones abrasivas y hematoma en ambos brazos y manos.
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