Estudio de diagnóstico sobre la perspectiva de género
En febrero del año 2015, el pleno de la Corte Suprema aprobó el Plan de trabajo de sobre Perspectiva de Género presentado por la Ministra encargada de asuntos de género. Dicho Plan consideró la realización de un diagnóstico sobre la situación al interior del Poder Judicial, a través de análisis normativos y la recolección de las creencias, experiencias y expectativas de los integrantes del Poder Judicial, que serviría de línea de base para la construcción de una Política de Género para el Poder Judicial chileno.
El total de personas encuestadas corresponde a aproximadamente el 36% del universo de la época, contando con un nivel de error total de 1,2%, y con un 95% de confianza.
El proceso técnico de construcción de los términos de referencia y desarrollo del estudio estuvieron principalmente a cargo de la Dirección de Estudios de la Corte Suprema. Este período estuvo cargado de desafíos, vinculados a la extensión territorial, a las exigencias del diseño muestral en relación con la necesidad de asegurar la participación de los integrantes del Poder Judicial en las instancias de generación y recolección de información y a las expectativas de obtener resultados en el tiempo y la forma requeridos. Para el desarrollo exitoso de esta etapa fueron trascendentales las coordinaciones y la colaboración tanto con instancias internas de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones, como con las asociaciones gremiales y actores relevantes del Poder Judicial que prestaron su colaboración a la difusión y desarrollo del estudio.
Los resultados del estudio dan cuenta del contexto social y cultural en que los integrantes del Poder Judicial desarrollan su labor. Uno de los aspectos más relevantes de los hallazgos del estudio, es que en gran medida son un fiel reflejo de conductas sociales arraigadas en la cultura chilena, que tiene un reflejo con mayor o menor intensidad dependiendo de la temática, en la cultura institucional del Poder Judicial. En este sentido, los resultados del estudio nos acercan a las experiencias que enfrentan cada día las personas que laboran en nuestra institución, y al mismo tiempo nos permiten darles forma, nombrarlas, analizarlas y contrastarlas con el marco normativo internacional que da sustento a los principios de igualdad y no discriminación que la humanidad tiene derecho a disfrutar. Por lo mismo, los resultados del estudio requieren la ejecución de acciones específicas para enfrentar las problemáticas, con lo que el objetivo planteado inicialmente para la realización de este proyecto, ha demostrado fehacientemente su eficacia y conveniencia.
Los resultados del estudio fueron organizados en base a 8 dimensiones de análisis, a los cuales hay que sumar, los resultados del análisis normativo.
El análisis normativo, en definitiva determina que si bien se reconoce la igualdad formal y por ende no existen discriminaciones o exclusiones explícitas de hombres ni de mujeres por alguna condición vinculada a su género, algunos aspectos podrían incidir en discriminaciones materiales, como el valor de la antigüedad, la descripción de ciertos cargos y funciones, conceptos jurídicos indeterminados, entre otros.
En general los resultados pueden organizarse en aquellos que se refieren a los integrantes del Poder Judicial, y aquellas que tienen efectos en el servicio de administración de justicia que se presta para usuarios y usuarias.
Entre los principales hallazgos del estudio, podemos destacar que para la mayoría de los encuestados y encuestadas es muy importante que el Poder Judicial tenga un ambiente laboral igualitario en términos de género (89%), lo que es aún más relevante para las mujeres, como se puede observar en el gráfico siguiente:
En materia de estereotipos, el informe advierte la presencia de preconcepciones generalizadas sobre los roles que corresponden a hombres y mujeres tanto en el ámbito privado como en el ámbito laboral; así, queda de manifiesto en que el 44% de las personas encuestadas está “de acuerdo” o “muy de acuerdo” en afirmar que en algunas actividades laborales se desempeñan mejor las mujeres y en otras lo hacen mejor los hombres, de acuerdo a lo que se observa en el gráfico siguiente, donde destaca además la percepción de un 6,6% de los encuestados que está de acuerdo o muy de acuerdo con que no es conveniente contratar a mujeres en etapa reproductiva.
En materia de discriminación propiamente tal, definida en las preguntas como un trato diferente y perjudicial, el estudio devela que los estereotipos persistentes generan discriminación hacia las personas que salen o intentan salir de las percepciones rígidas preponderantes respecto de sus roles sexuales; así, frente a la pregunta por posibles discriminaciones, un 46% declara haber experimentado o presenciado un trato discriminatorio hacia otra persona del Poder Judicial, apareciendo como los principales motivos de discriminación a nivel total, el cargo o nivel jerárquico, el nivel educacional, la edad, ser mujer y la orientación sexual; entre las mujeres, ser mujer es el segundo motivo principal de discriminación.
Los resultados en materia de acoso sexual son impactantes, en cuanto dan cuenta al interior del Poder Judicial de conductas manifiestas que atentan contra la dignidad humana principalmente de las mujeres. Así, una de cada diez personas declara haber presenciado o experimentado una situación de acoso sexual en el trabajo (9,5%) –lo que la mujer percibe en mayor medida (11,3%)– y sólo un porcentaje cercano al 22% utiliza una vía institucional para denunciarlo; el resto prefiere hablarlo con algún compañero/a de trabajo, o familiar cercano.
Por otro lado, en lo que se refiere a la administración de justicia, los magistrados y magistradas declaran en un porcentaje menor (3%) tomar siempre en cuenta las circunstancias particulares experimentadas de manera diferenciada por hombres y mujeres al momento de impartir justicia;
En la misma línea, sólo un 13% indica utilizar siempre las normas del marco internacional de los DDHH al impartir justicia.
En materia de la conciencia del impacto que la actividad jurisdiccional puede tener en perpetuar las desigualdades de género o transformar estructuras culturales rígidas, los resultados indican que no existe conciencia clara al respecto.