Artículos 14 y 25 del Acta 103-2018

Estadísticas sobre investigaciones disciplinarias por acoso sexual

Diciembre de 2024
La información que se presenta fue recabada por la Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación de acuerdo a lo establecido en los artículos 14 y 25 del Acta 103-2018.

El procedimiento disciplinario se aplica (según el artículo 3 del Acta 108-2020) a las personas integrantes del Poder Judicial (como estructura orgánica) y también a quienes actúan como auxiliares de la administración de justicia y demás personas que cumplen funciones en el orden judicial, que están sujetas a la superintendencia disciplinaria de la Corte Suprema y a la potestad disciplinaria de las cortes de apelaciones y demás órganos del Poder Judicial (abarca, por ejemplo, a jueces de policía local, conservadores de bienes raíces, ministros de tribunales especiales, entre otros).

Desde la entrada en vigencia del acta 103-2018 (julio de 2018) hasta el 30 de junio de 2024 se han tramitado 49 denuncias, con un total de 47 personas denunciadas (una de ellas tuvo tres causas distintas).

Los datos que se presentan en el informe están actualizados al 30 de junio de 2024. La próxima actualización se hará el primer semestre de 2025, con datos actualizados al 31 de diciembre de 2024.