21/04/2020 | Discriminación salarial | Laboral
21 de abril de 2020
INFORMACIÓN DESCRIPTIVA
INFORMACIÓN GENERAL | ||||||
Número de Rol/Caso: T-1218-2019 | Fecha: 21 de abril 2020 | |||||
Tribunal: 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago | ||||||
Partes intervinientes: Denunciante / Denunciado | ||||||
Materia: Laboral | ||||||
Tipo de proceso: Procedimiento de Tutela Laboral | Clase de decisión: Sentencia condenatoria | |||||
Autoridad que toma la decisión: Carolina Andrea Luengo Portilla | ||||||
Considerando relevante: CONSIDERANDO DÉCIMO (EXTRACTO): Que en el presente caso además la perspectiva de género aplicada al Derecho del Trabajo nos ha permitido ver que la relación laboral, paradigma de una estructura asimétrica de poder, se ve acentuada cuando quien trabaja es una mujer, ya que se trata de un espacio que fue pensado y construido para hombres. Esto significa que la mujer en el trabajo se expone a condiciones de mayor opresión que su par masculino. Esto se aprecia en riesgos laborales feminizados como el acoso sexual, como también a tratos desiguales y humillantes motivados en el género. A esta especial forma de persecución se le denomina acoso sexista, ilícito se ha explicado como cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo (Art. 7.2 de la Ley de Igualdad entre hombres y mujeres, N°3/2007, de España) y así fue recogido en el artículo de la profesora Daniela Marzi Muñoz, titulado “Acoso sexual: una amplia gama de ilicitud y la correcta vía de la tutela de derechos fundamentales” publicado en la revista del Instituto de Estudio Judiciales N°5. | ||||||
Tema/s tratados en el caso: Tutela de derechos fundamentales, discriminación arbitraria, discriminación salarial. | ||||||
Resumen del caso: Dirección del Trabajo, en representación de trabajadora denunciante, interpone demanda en procedimiento de tutela en contra del empleador de la trabajadora, solicitando se declare que se ha incurrido en discriminación salarial en contra de la trabajadora, toda vez que ésta recibe una remuneración inferior en relación a la de todos los trabajadores de sexo masculino que prestan funciones similares al interior de la empresa. En específico, solicita que cese el comportamiento antijurídico, igualando el sueldo, junto al pago retroactivo de la diferencia de remuneración. La empresa denunciada, contesta demanda solicitando el rechazo de la acción, oponiendo excepción de caducidad, falta de legitimación activa y pasiva y de personería para reclamar el cobro de prestaciones opuesta. La sentenciadora, rechaza excepciones deducidas por la demandada, acogiendo la demanda y declarando que la denunciada ha infringido el principio de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres, condenando al igualar el sueldo base de la trabajadora, al pago de las diferencias de remuneraciones que se generaron a contar de enero de 2019, y a la realización de una reunión en la cual se explique a los trabajadores la política de compensaciones de la empresa y en especial, las bandas salariales. |