Cuarto concurso nacional
Sentencias con perspectiva de género de la Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación
Descarga las bases de este concurso
Anexo 1. Ficha de información relevante del fallo *
* En la ventana siguiente, pulse Descargar en la parte superior derecha para descargar el documento word de la ficha.
Actualizada el 29 de febrero de 2024
La incorporación de la perspectiva de género en la administración de justicia se fundamenta en los principios de igualdad y no discriminación, y en el derecho de acceso a la justicia de todas las personas consagrado en la normativa nacional y los estándares internacionales de DDHH.
El Poder Judicial de Chile, a través de su Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación, consciente del rol que le cabe en la vinculación con la ciudadanía y con el propósito de reconocer la labor de magistradas y magistrados que en sus sentencias incorporan la perspectiva de género, convoca a todas las personas interesadas: usuarios y usuarias, abogados y abogadas, académicos y académicas, estudiantes, funcionariado y magistratura del país, para participar en el Cuarto Concurso Nacional de Sentencias con Perspectiva de Género.
Plazo de postulación: Hasta las 23:59 horas del 31 de mayo de 2024.
Los resultados serán publicados en la intranet y página web del Poder Judicial el segundo semenestre de 2024.
Conoce el Cuaderno de Buenas Prácticas para incorporar la perspectiva de género en las sentencias
Objetivo del Concurso
Distinguir sentencias dictadas por tribunales chilenos por ser representativas de buenas prácticas sobre cómo incorporar la perspectiva de género en el razonamiento judicial.
Nominación / Postulación de sentencia
Podrán nominar sentencias todas las personas interesadas, esto es: personas usuarias, profesionales del Derecho, académicos y académicas, estudiantes, funcionariado y magistratura del país, aportando la documentación requerida.
Solamente se admitirá una sentencia por nominación, sin embargo una persona puede nominar más de una sentencia.
Un juez o jueza puede nominar su propia sentencia u otra sentencia.
Se debe completar ficha con información relevante que da cuenta de la incorporación de la perspectiva de género en las sentencias al fallo nominado.
Si una sentencia es nominada por más de una persona, la sentencia se considerará sólo una vez para los efectos del concurso.
Requisitos de postulación y plazos
Debe tratarse de una sentencia definitiva firme de un tribunal chileno que visibilice buenas prácticas sobre cómo incorporar la perspectiva de género en el razonamiento judicial.
No hay plazo de antigüedad máximo o mínimo de dictación de las sentencias.
Debe completar ficha en formato Word con información clave de la sentencia en postulación
La convocatoria estará abierta desde el día 8 de marzo de 2024 hasta las 23:59 horas del 31 de mayo de 2024.
Los resultados serán publicados en la intranet y página web del Poder Judicial el segundo semestre de 2024.
Premios
Galardón y reconcimiento público entregado a las magistradas o magistrados que elaboraron la sentencia. Mención y participación en el reconocimiento a las personas que hayan nominado dicha sentencia. La sentencia se incorporará destacada en el Repositorio de Jurisprudencia publicado en la página web secretariadegenero.pjud.cl La sentencia será publicada en los medios electrónicos e impresos a criterio del Poder Judicial
Galardón y reconcimiento público entregado a las magistradas o magistrados que elaboraron la sentencia. Mención y participación en el reconocimiento a las personas que hayan nominado dicha sentencia. La sentencia se incorporará destacada en el Repositorio de Jurisprudencia publicado en la página web secretariadegenero.pjud.cl La sentencia será publicada en los medios electrónicos e impresos a criterio del Poder Judicial
Galardón y reconcimiento público entregado a las magistradas o magistrados que elaboraron la sentencia. Mención y participación en el reconocimiento a las personas que hayan nominado dicha sentencia. La sentencia se incorporará destacada en el Repositorio de Jurisprudencia publicado en la página web secretariadegenero.pjud.cl La sentencia será publicada en los medios electrónicos e impresos a criterio del Poder Judicial
El proceso de recepción, precalificación y notificación estará a cargo de la Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación de la Corte Suprema, la cual entregará a quien presida el Comité Evaluador las sentencias mejor evaluadas en el proceso de precalificación, con todos sus documentos de postulación, además del Informe técnico de todo el proceso. Todas las sentencias concursantes se incorporarán al Repositorio de Jurisprudencia publicado en la página web secretariadegenero.pjud.cl, a criterio y revisión de la Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación.
Comité evaluador
Criterios de evaluación
table { border-collapse: separate; border-spacing: 10px; } td, th { padding: 10px; } p { margin: 0; padding: 5px; } .ampliamente-desarrollado { background-color: #4CAF50; /* Verde */ color: white; } .desarrollado-parcialmente { background-color: #FFC107; /* Amarillo */ color: #333; } .mencionado-no-desarrollado { background-color: #FF5722; /* Naranja */ color: white; } .no-mencionado { background-color: #F44336; /* Rojo */ color: white; } CRITERIO PUNTAJE 1. Contexto de vulnerabilidad. La sentencia explicita el contexto y considera las condiciones, posiciones y situaciones en que se desarrollan los hechos, analizando el lugar, el ámbito, los patrones culturales, concepciones valóricas, la normativa e instituciones existentes y establece si se aprecia entre otros, relaciones asimétricas de poder, contexto de vulnerabilidad, discriminación y/o violencia formal, material y/o estructural. Ampliamente desarrollado: 10 pts. Desarrollado parcialmente: 7 pts. Mencionado pero no desarrollado: 3 pts. No mencionado: 0 2. Categorías sospechosas La sentencia identifica la existencia de categorías sospechosas, tales como sexo, orientación sexual, identidad de género, raza, religión, discapacidad, situación migratoria, edad, origen étnico, posición económica, opiniones políticas, condición de salud, etc., indicando si confirma que la categoría ha sido causa de la discriminación y/o violencia e identifica- si procede- la existencia de interseccionalidad o discriminación compuesta y señala de qué manera se manifiesta. Ampliamente desarrollado: 10 pts. Desarrollado parcialmente: 7 pts. Mencionado pero no desarrollado: 3 pts. No mencionado: 0 3. Estereotipos La sentencia verifica la existencia de estereotipos en la norma o en el actuar de cualquier interviniente en los hechos y/o en el proceso, así como los roles mitos y prejuicios, explicitando de qué manera se han manifestado. Ampliamente desarrollado: 15 pts. Desarrollado parcialmente: 10 pts. Mencionado pero no desarrollado: 5 pts. No mencionado: 0 4. Estándares Internacional de DDHH La sentencia utiliza los más altos estándares de derechos humanos contenidos en normas jurídicas nacionales y del sistema internacional de protección de los derechos humanos. Ampliamente desarrollado: 15 pts. Desarrollado parcialmente: 10 pts. Mencionado pero no desarrollado: 5 pts. No mencionado: 0 5. Influencia de la perspectiva de género en la decisión La incorporación de la perspectiva de género en la argumentación de la sentencia conlleva un resultado que materializa la igualdad y la prohibición de discriminación así como el enfoque de derechos. Ampliamente desarrollado: 15 pts. Desarrollado parcialmente: 10 pts. Mencionado pero no desarrollado: 5 pts. No mencionado: 0 6. Correcto uso de conceptos para visibilizar las situaciones de discriminación La sentencia utiliza adecuadamente conceptos relacionados con la igualdad, no discriminación, perspectiva de género, género, sexo, identidad de género, orientación sexual, estereotipos y roles de género, violencia de género, violencia contra las mujeres, violencia contra grupos vulnerables, entre otros. Ampliamente desarrollado: 10 pts. Desarrollado parcialmente: 7 pts. Mencionado pero no desarrollado: 3 pts. No mencionado: 0 7. La decisión judicial incorpora medidas de reparación integral o diferenciadas por género La sentencia restablece el o los derechos vulnerados y dispone medidas reparatorias, de conformidad con la naturaleza del procedimiento; La decisión judicial cuando lo amerite establece medidas de reparación integral del daño o medidas que promuevan la igualdad real y efectiva en la sociedad; La sentencia consagra medidas especiales para enfrentar situaciones de discriminación estructural. Ampliamente desarrollado: 10 pts. Desarrollado parcialmente: 7 pts. Mencionado pero no desarrollado: 3 pts. No mencionado: 0 8. Impacto La sentencia genera un nuevo razonamiento y argumentación en torno al problema de la desigualdad y discriminación de género que afecta a las personas, particularmente a las mujeres, niñas y las personas LGBTI. Ampliamente desarrollado: 15 pts. Desarrollado parcialmente: 10 pts. Mencionado pero no desarrollado: 5 pts. No mencionado: 0 PUNTAJE MÁXIMO 100 PUNTOS
Taller Presencial:
Derecho privado patrimonial en perspectiva de género
Se extiende esta invitación a toda la magistratura civil, ministros y ministras de Cortes de Apelaciones. A participar de este taller presencial el día miércoles 20 de marzo de 2024. Las académicas responsable de impartir esta actividad son la Dra. María Agnes Salah (Universidad de Chile) y Dra. María Paz Gatica (Universidad Austral de Chile).
Organizado por la Asociación de Magistrados y Magistradas - Regional Santiago y Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación de la Corte Suprema.
Informe en Derecho: Derecho privado patrimonial en perspectiva de género
Ver el programa de esta actividad