25/04/2023 | Perspectiva de género en el proceso penal | Violación con homicidio y aborto

25/04/2023

Fecha de actualización:
20 de febrero de 2026

Información descriptiva

Número de rol/caso: 294-2022 Fecha: 25/04/2023
Partes intervinientes: Ministerio Público/ Felipe Rojas L.
Tribunal: SEGUNDO TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO
Materia: Violación con homicidio y aborto
Tipo de proceso: Penal Clase de decisión: Sentencia definitiva
Autoridad que toma la decisión: RAUL DIAZ MANOSALVA, GLORIA CANALES ABARCA Y EDUARDO GALLARDO FRIAS (REDACTOR)
Considerando relevante: Extracto: DECIMOSEXTO, en que el tribunal destacó la importancia de aplicar la perspectiva de género en un caso de extrema violencia contra una mujer embarazada. Precisó que este enfoque no rebaja estándares probatorios ni afecta la presunción de inocencia, sino que busca remover estereotipos y prejuicios que distorsionan la valoración de la prueba, como cuestionar la credibilidad de la víctima por sus hábitos, su vida sexual o el hecho de andar sola. Tales sesgos, señaló, son incompatibles con la imparcialidad judicial. La perspectiva de género, por el contrario, refuerza el debido proceso, al permitir advertir y neutralizar prejuicios inconscientes que inciden en la apreciación de la evidencia. En este caso, el tribunal resaltó la marcada asimetría de poder: el acusado utilizó su superioridad física sobre una mujer en avanzado estado de embarazo, lo que revela dominación y desprecio no sólo hacia su vida e indemnidad sexual, sino también hacia su derecho sexual y reproductivo a la maternidad, al provocar un aborto violento no consentido.
Tema/s tratados en el caso: Perspectiva de género en el proceso penal, Imparcialidad y valoración racional de la prueba, Sesgos cognitivos y objetividad judicial, Derechos reproductivos y maternidad
Resumen del caso: El fallo se refiere a los hechos ocurridos el 10 de febrero de 2018 en Conchalí, Santiago, que culminaron con la muerte de una joven embarazada y su hijo en gestación. El acusado, Felipe Andrés Rojas Lobos, vecino y amigo de la víctima, fue juzgado como autor de delitos de extrema gravedad: violación con homicidio y aborto. Según lo establecido en juicio, alrededor de las 17:30 horas de esa fecha, la víctima concurrió, por acuerdo previo, al inmueble utilizado como bodega donde trabajaba el acusado. Una vez allí, y estando solos, Rojas se abalanzó violentamente sobre ella por la espalda, aplicando fuerza física y venciendo su resistencia. La accedió carnalmente por vía vaginal y anal. Luego, con un vínculo que colocó y anudó en su cuello, procedió a estrangularla hasta causarle la muerte. El tribunal destacó que la víctima cursaba un embarazo avanzado, cercano a los siete meses de gestación, lo que era evidente para el acusado. Producto de la agresión sexual y del posterior homicidio, el feto también falleció. Así, los hechos configuraron tanto un delito de violación con homicidio como de aborto, dada la interrupción forzada y violenta del embarazo. Posteriormente, con el fin de ocultar sus actos, el acusado enterró el cuerpo de la víctima en el patio posterior del inmueble y se deshizo de su teléfono celular. Estas acciones fueron interpretadas como intentos de encubrimiento, aunque no modificaron la calificación de los delitos. En lo jurídico, la sentencia aplicó el artículo 372 bis del Código Penal, que tipifica la violación con homicidio, y el artículo 342 N° 1 del mismo cuerpo legal, que regula el aborto. La participación del acusado fue calificada como la de autor material directo, conforme al artículo 15 N° 1 del Código Penal. Un aspecto central del fallo lo constituye el considerando décimo sexto, que incorpora la perspectiva de género. El tribunal subrayó que este enfoque no rebaja el estándar probatorio ni debilita la presunción de inocencia, sino que sirve para remover prejuicios y estereotipos patriarcales que pueden distorsionar la valoración de la prueba. Ejemplos de ello son cuestionar la credibilidad de la víctima por su vida sexual, su forma de vestir o el hecho de andar sola, lo que no corresponde a un criterio racional, sino a sesgos incompatibles con la imparcialidad. La sentencia enfatizó que la violencia ejercida contra la victima debe comprenderse en el marco de una asimetría de poder: el acusado utilizó su superioridad física sobre una mujer embarazada, vulnerando no sólo su vida e indemnidad sexual, sino también su derecho a la maternidad y autonomía reproductiva. Esta reflexión se vincula a la Convención de Belém do Pará, que obliga a los Estados a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. En consecuencia, el tribunal condenó a Felipe Andrés Rojas Lobos a la pena única de presidio perpetuo calificado como autor consumado de violación con homicidio y aborto, destacando la especial gravedad de los hechos y la necesidad de garantizar justicia libre de sesgos de género.
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Temas: Derechos sexuales y reproductivos Maternidad Perspectiva de género en el proceso penal Imparcialidad y valoración racional de la prueba Sesgos cognitivos y objetividad judicial