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El Poder Judicial de Chile, a través de su Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación, consciente del rol que le cabe en la vinculación con la ciudadanía y con el propósito de visibilizar sentencias por sus esfuerzos en desarrollar una argumentación que permita incorporar la perspectiva de género en el razonamiento judicial, ha desarrollado este concurso en su tercera versión.

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Secretaría Técnica de Igualdad de Género y no Discriminación

Resultados tercer concurso nacional de sentencias con perspectiva de género

INFORME FINAL PROCESO DE CALIFICACIÓN

El Poder Judicial de Chile, a través de su Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación, reafirma su compromiso con la promoción de la justicia con perspectiva de género y el acceso igualitario a la justicia para todas las personas incorporando además a los grupos LGBTI. En esta tercera edición del concurso nacional de sentencias con perspectiva de género, destacamos aquellos fallos judiciales que representan ejemplos de buenas prácticas en la incorporación de la perspectiva de género en el razonamiento judicial.

Resultados del concurso

Sentencia redactada por: Isabel Margarita Zúñiga Alvayay, Jueza Titular del Primer Juzgado Civil de Santiago Sentencia postulada por: Maria Geraldine Aguirre Belmar Ver fallo ROL V-297-2021 DE 25 DE MAYO DE 2022

Tribunal de Juicio Oral en lo Penal De Puerto Montt, RIT 50-2021 de 22 de abril de 2022 Sentencia redactada por: Jorge Alejandro Díaz Rojas, Juez Titular del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal De Puerto Montt Integran el tribunal: Patricia Irene Miranda Alvarado Rosario Andrea Cárdenas Carvajal Sentencia postulada por: Susan Sepúlveda Chacama Ver fallo RIT 50-2021 de 22 de abril de 2022 ganador del segundo lugar compartido Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, RIT T-109-2019 de 3 de junio de 2022 Sentencia redactada y postulada por: Karen Andrea Alfaro López, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena Ver fallo RIT T-109-2019 DE 3 DE JUNIO DE 2022 ganador del segundo lugar compartido

Sentencia redactada por: Marcela Paz Araya Novoa, Ministra ICA Copiapó Integran el Tribunal: Aída Inés Osses Herrera Rodrigo Miguel Cid Mora Sentencia postulada por: Aída Inés Osses Ver fallo ROL 152-2023 DE 28 DE ABRIL DE 2023

El Comité Evaluador otorgó, además, el reconocimiento de “MENCIÓN HONROSA” a la siguiente sentencia que se considera digna de esta distinción:

Corte de Apelaciones de Punta Arenas, Rol 215-2022 de 7 de enero de 2023 Sentencia redactada por: Inés Recart Parra, Ministra Interina ICA Punta Arenas Integraron el tribunal: Jaime Ruben Alvarez Astete Pablo Andrés Mino Barrera Sentencia postulada por: Inés Recart Parra Corte de Apelaciones de Punta Arenas, Rol215-2022 de 7 de enero de 2023

Proceso de calificación

I. De acuerdo a lo establecido en las Bases del Concurso, el comité evaluador está integrado por las siguientes personas:

El proceso de recepción de sentencias fue desarrollado por la Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación entre el 8 de marzo y el 31 de mayo de 2023. El proceso de revisión de requisitos de admisibilidad y precalificación fue realizado por profesionales de la Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación entre el 1 de junio y el 12 de julio de 2023. El Comité Evaluador sostuvo su primera reunión el jueves 13 de julio de 2023. A través de distintas fase de revisión y reuniones la principal responsabilidad de las personas integrantes del Comité Evaluador es revisar, calificar y seleccionar las tres mejores sentencias de un total de 24 de las 29 sentencias postuladas, con base en la pre-calificación efectuada por la Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación. La ceremonia de premiación se llevará a cabo el miércoles 4 de octubre en la Corte Suprema a las 15.00hrs, en formato híbrido. Con participación presencial en el salón de honor. El evento será transmitido por el Canal del PJUD y se desarrollará un webinar por ZOOM. Se premiarán tres sentencias a través de un reconocimiento público que será entregado a la persona que haya redactado cada sentencia. La o las personas que hayan nominado dicha sentencia serán invitadas a participar de dicho reconocimiento.  El premio consistirá en: Primer Lugar: Diploma y reconocimiento Segundo Lugar: Diploma y reconocimiento Tercer Lugar: Diploma y reconocimiento El Comité Evaluador podrá otorgar el reconocimiento de “MENCIÓN HONROSA” a las sentencias que si bien no cumplan los criterios para ser premiadas, sí se consideren dignas de esta distinción. Los resultados serán publicados en la página web de la Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación, en la intranet y en la página web del Poder Judicial el 5 de octubre de 2023. Las sentencias se difundirán en los medios electrónicos e impresos a criterio del Poder Judicial. Las sentencias postuladas se incorporarán al Repositorio de Jurisprudencia publicado en la página web secretariadegenero.pjud.cl, de conformidad a la Programación y de acuerdo a los criterios que establezca la Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación.

Criterios de evaluación

table { border-collapse: separate; border-spacing: 10px; } td, th { padding: 10px; } p { margin: 0; padding: 5px; } .ampliamente-desarrollado { background-color: #4CAF50; /* Verde */ color: white; } .desarrollado-parcialmente { background-color: #FFC107; /* Amarillo */ color: #333; } .mencionado-no-desarrollado { background-color: #FF5722; /* Naranja */ color: white; } .no-mencionado { background-color: #F44336; /* Rojo */ color: white; } CRITERIO PUNTAJE 1.       Contexto de vulnerabilidad. La sentencia explicita el contexto y considera las condiciones, posiciones y situaciones en que se desarrollan los hechos, analizando el lugar, el ámbito, los patrones culturales, concepciones valóricas, la normativa e instituciones existentes y establece si se aprecia entre otros, relaciones asimétricas de poder, contexto de vulnerabilidad, discriminación y/o violencia formal, material y/o estructural. Ampliamente desarrollado: 10 pts. Desarrollado parcialmente: 7 pts. Mencionado pero no desarrollado: 3 pts. No mencionado: 0 2.       Categorías sospechosas La sentencia identifica la existencia de categorías sospechosas, tales como sexo, orientación sexual, identidad de género, raza, religión, discapacidad, situación migratoria, edad, origen étnico, posición económica, opiniones políticas, condición de salud, etc., indicando si confirma que la categoría ha sido causa de la discriminación y/o violencia e identifica- si procede- la existencia de interseccionalidad o discriminación compuesta y señala de qué manera se manifiesta. Ampliamente desarrollado: 10 pts. Desarrollado parcialmente: 7 pts. Mencionado pero no desarrollado: 3 pts. No mencionado: 0 3.       Estereotipos La sentencia verifica la existencia de estereotipos en la norma o en el actuar de cualquier interviniente en los hechos y/o en el proceso, así como los roles mitos y prejuicios, explicitando de qué manera se han manifestado.   Ampliamente desarrollado: 15 pts. Desarrollado parcialmente: 10 pts. Mencionado pero no desarrollado: 5 pts. No mencionado: 0 4.       Estándares Internacional de DDHH La sentencia utiliza los más altos estándares de derechos humanos contenidos en normas jurídicas nacionales y del sistema internacional de protección de los derechos humanos. Ampliamente desarrollado: 15 pts. Desarrollado parcialmente: 10 pts. Mencionado pero no desarrollado: 5 pts. No mencionado: 0 5.       Influencia de la perspectiva de género en la decisión La incorporación de la perspectiva de género en la argumentación de la sentencia  conlleva un resultado que materializa la igualdad y la prohibición de discriminación así como el enfoque de derechos.   Ampliamente desarrollado: 15 pts. Desarrollado parcialmente: 10 pts. Mencionado pero no desarrollado: 5 pts. No mencionado: 0 6.       Lenguaje Inclusivo La sentencia usa lenguaje no sexista e inclusivo: utiliza adecuadamente conceptos relacionados con la igualdad, no discriminación, perspectiva de género, género, sexo, identidad de género, orientación sexual, estereotipos y roles de género, violencia de género, violencia contra las mujeres, violencia contra grupos vulnerables, entre otros. Ampliamente desarrollado: 10 pts. Desarrollado parcialmente: 7 pts. Mencionado pero no desarrollado: 3 pts. No mencionado: 0 7.       Medidas de Reparación La sentencia restablece el o los derechos vulnerados y dispone  medidas reparatorias, de conformidad con la naturaleza del procedimiento. Ampliamente desarrollado: 10 pts. Desarrollado parcialmente: 7 pts. Mencionado pero no desarrollado: 3 pts. No mencionado: 0 8.       La sentencia genera un nuevo razonamiento y argumentación en torno al problema de la desigualdad y discriminación de género que afecta a las personas, particularmente a las mujeres, niñas y las personas LGBTI. Ampliamente desarrollado: 15 pts. Desarrollado parcialmente: 10 pts. Mencionado pero no desarrollado: 5 pts. No mencionado: 0 PUNTAJE MÁXIMO 100 PUNTOS        

Conoce los resultados de este concurso


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El Instituto de Políticas Públicas en Derechos Humanos del MERCOSUR (IPPDH) anuncian la lista de las personas seleccionadas para participar en el Curso Virtual “Promoción y Protección de los Derechos de la Población LGBTI”, organizado en el marco de las acciones de la Escuela Internacional del IPPDH por mandato de la Comisión Permanente LGBTI de la Reunión de Altas Autoridades sobre Derechos Humanos del MERCOSUR (RAADH).

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Charla Informativa sobre Acoso Sexual

  • Noticias

La Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación con el propósito de avanzar en la implementación de la Política de Igualdad de Género y No Discriminación del Poder Judicial realizó una charla dirigida a las personas funcionarias del Juzgado de Letras de Familia, Garantía y del Trabajo de Alto Hospicio. Participó como expositora en esta charla la Coordinadora Jurídica de la STIGND Diana Maquilón Tamayo.

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Durante el mes de julio la ministra encargada de los asuntos de género, Andrea Muñoz, y profesionales de la Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación, mantuvieron reuniones de coordinación con las directivas de la Asociación de Magistradas Chilenas (MA_CHI) y de la Asociación Nacional de Magistradas y Magistrados (ANMyM) y la) con el propósito de analizar la implementación del Acta 207-2022 de la Corte Suprema.

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Durante los meses de junio, julio y agosto se realizarán una serie de reuniones con los comités de género de todas las jurisdicciones del país. El objetivo de estos encuentros es conocer en detalle las actividades realizadas en cada jurisdicción y los eventos previstos para el segundo semestre del 2023. Lo anterior, con el fin de apoyar el trabajo que realizan y de compartir reflexiones, experiencias y buenas prácticas de las acciones realizadas a la fecha. De igual forma, se compartirá información de las nuevas herramientas desarrolladas por la Secretaría y los eventos del segundo semestre.

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Seminario

Aspectos teóricos y proyecciones prácticas de las reformas introducidas por la Ley 21.523

Descarga el programa de esta actividad

El Instituto de Ciencias Penales y la Corte Suprema les invitan a participar del seminario “Aspectos teóricos y proyecciones prácticas de las reformas introducidas por la Ley 21.523” cuyo objetivo es conocer, debatir y reflexionar sobre las dificultades y desafíos de la Ley N° 21.523, que modifica diversos cuerpos legales para mejorar las garantías procesales, proteger los derechos de las víctimas de los delitos sexuales, y evitar su revictimización. Resumen de la Ley 21.523    La presente ley, conocida como "Ley Antonia", tiene por objeto mejorar las garantías procesales de las víctimas de delitos sexuales, proteger los derechos de éstas, y evitar su revictimización.     En cuanto a las garantías procesales, introduce modificaciones al Código Penal, consagrando que la prescripción de la acción penal del delito de abuso sexual será de diez años; que para la cuantía de la pena se considerará la afectación física y mental de la víctima, y además, que en cualquier etapa de la investigación o del procedimiento, y aún antes de la formalización, a petición de parte, o de oficio por razones fundadas, se incorporarán medidas de protección a la víctima y su familia dispuestas por el juez.     Asimismo, en el delito de feminicidio, se sanciona a aquel sujeto que producto de ejercer la violencia de género causare el suicidio femicida; y, por su parte, en el delito de homicidio, se incorpora la sanción para quien induzca a otra persona a cometer suicidio.     En lo referente a la protección de los derechos de las víctimas de delitos sexuales y violencia en contra de las mujeres, incorpora modificaciones al Código Procesal Penal, estableciendo derechos y medidas de protección con el objeto de proteger la identidad, intimidad, integridad física, sexual y psíquica de la víctima. A su vez, esta ley regula el deber de prevención de la victimización secundaria y la anticipación de prueba con el fin de evitarla.     Por su parte, modifica la ley 19.640, orgánica constitucional del Ministerio Público, disponiendo que el Ministerio Público debe entregar información completa y suficiente a víctimas y testigos de delitos de esta especie con tal de recibir orientación, representación, atención integral y reparación.     De la misma forma, esta ley modifica la ley 19.733, sobre libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo, estipulando que para comunicar la investigación o juicio, se deberá referir a la víctima ya sea con sus iniciales, un número o cualquier otra manera que no posibilite su individualización. Igualmente, se debe evitar el uso editoriales que generen estereotipos o prejuicios respecto a su condición de víctima, eventual responsabilidad en los hechos, conductas anteriores o posteriores al delito o cualquier otro elemento que normalice, justifique o relativice la violencia sufrida.     Finalmente, incorpora un artículo a ley 19.346, que crea la Academia Judicial, agregando dentro de sus programas de formación y perfeccionamiento, la capacitación en materias relacionadas con las perspectivas de género en el proceso penal, que eviten la revictimización, los estereotipos y fomenten una protección especial de las víctimas de violencia de género. Ver fuente de esta norma 

El público destinatario de esta actividad son las personas integrantes del Poder Judicial, Ministerio Público y Defensoría Penal Pública, abogadas y abogados. Esta actividad tiene como propósito generar un espacio de diálogo sobre las particularidades de la nueva normativa, en especial sobre los desafíos y alcances de su aplicación para los operadores y operadoras del sistema penal y la magistratura. Cabe recordar que  la Ley N°21.523 contempla una serie de modificaciones al Código Penal, al Código Procesal Penal y a otras leyes, con el fin de brindar un trato digno y resguardar la vida, la integridad física, y la indemnidad sexual de las víctimas. Asimismo, se incluye un estatuto de garantías para evitar la revictimización, que surgieron a raíz del caso de Antonia Barra. El seminario se efectuará en el Salón de Honor de la Corte Suprema, los días miércoles 23 y jueves 24 de agosto de 2023, de 15:00 a 18:00 horas y también será transmitido por el Canal Judicial www.poderjudicialtv.cl

Programa de la actividad

23 y 24 de agosto de 2023 | 15:00 a 18:00 hrs.

MIERCOLES 23 DE AGOSTO 2023

Hora 15:00 Acreditaciones | Salón de Honor de la Corte Suprema Tema Expone 15:15 a 15:40 Palabras de Bienvenida Dra. Laura Mayer Lux Presidenta del Instituto de Ciencias Penales 15:50 a 16:20 Suicidio femicida y modificaciones sobre prescripción acción penal e inaplicabilidad atenuante Dra. María Inés Horvitz Profesora titular de Derecho Penal U. de Chile; Doctora en Derecho U. Autónoma de Barcelona, Consejera del CDE. 16:20 a 16:50 La inducción al suicidio y modificaciones en determinación de pena Dr. Javier Wilenmann Von Bernath Profesor titular de la U. Adolfo Ibáñez, Doctor en Derecho por la Albert Ludwigs Universität Freiburg 16:50 Ronda de preguntas Moderador: Jaime Salas Astrín Fiscal Judicial de la Corte de Apelaciones de San Miguel y profesor de derecho penal en la Pontificia Universidad Católica de Chile 17:20 Cierre de la actividad | Café

JUEVES 24 DE AGOSTO 2023

Hora 15:00 Acreditaciones | Salón de Honor de la Corte Suprema Tema Expone 15:15 a 15:30 Palabras de Bienvenida Andrea Muñoz Sánchez Ministra Encargada de Asuntos de Género de la Corte Suprema 15:40 a 16:10 Modificaciones procesales de la Ley N° 21.523 Dr. Guillermo Oliver Calderón Profesor titular de Derecho Penal de la PUC de Valparaíso, Doctor en Derecho por la U. de Barcelona, abogado integrante de la ICA de Valparaíso 16:10 a 16:40 Aspectos prácticos de modificaciones de la Ley N° 21.523 Dra. Marcela Araya NovoaDoctora en Derecho por la U. de Girona y Ministra de la Corte de Apelaciones de Copiapó 16:40 Ronda de preguntas Moderador: María Elena Santibáñez Magíster en Derecho LLM UC y Académica de la Pontificia Universidad Católica de Chile 17:10 Palabras de cierre Dr. José Luis Guzmán Dálbora Profesor titular de Derecho Penal de la Facultad de Derecho de la Universidad de Valparaíso y Subdirector CIFDE-UV 17:20 Cierre de la actividad | Café

Inscripciones abiertas

Actividad presencial

Salón de Honor de la Corte Suprema, los días miércoles 23 y jueves 24 de agosto de 2023, de 15:00 a 18:00 horas

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