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Doña Claudina Acuña Montenegro

La primera mujer en ingresar al escalafón primario del Poder Judicial de Chile

7 de marzo de 2024

Doña Claudina Acuña Montenegro, fue la quinta mujer abogada del país y la primera en ingresar al escalafón primario al ser nombrada, el 17 de julio de 1925, como secretaria del Juzgado de letras de Santa Cruz, asumiendo el año 1936 como jueza de Curicó.

Claudina Acuña Montenegro nació el 4 de noviembre de 1900 en la ciudad de Melipilla. Cursó sus estudios en el Liceo de Aplicación y posteriormente estudió profesorado en economía doméstica y ejerció de profesora de instrucción primaria desde 1917 a 1920. Estudió leyes en la Universidad de Chile, titulándose el 15 de septiembre de 1923. Su tesis versó sobre el problema de la mendicidad en Chile y en ella señala que la mendicidad es un problema social y no una cuestión jurídica, señalando como una “monstruosa injusticia” la penalización de la mendicidad y la vagancia que estaban vigentes en nuestro Código Penal de la época exhortando expresamente a la sociedad la necesidad de hacerse cargo del problema implementando medidas preventivas y de protección. De hecho en el párrafo final de su tesis del 9 de septiembre de 1923 indica lo siguiente: “Una sociedad humana debe ser tal que ningún hombre pueda ser considerado como un medio para servir a los fines de otro”, ha dicho Kant. Debemos, por tanto, protección al débil, al menesteroso. Si en vez de imperar sobre el mundo sólo la falaz razón del hombre, se hubiera permitido a la mujer contribuir con la ternura y la bondad de su alma, probablemente ya se habría logrado mitigar, siquiera en parte, los sufrimientos de los humildes y no veríamos el espectáculo odioso de una sociedad egoísta e indolente como la actual.”

En el Poder Judicial doña Claudina tuvo una prolífica carrera de más de 36 años en diversas jurisdicciones, desempeñándose en los siguientes cargos: Secretaria Juzgado de Santa Cruz en 1925; Secretaria Juzgado de Curicó (1935); Juez Suplente Juzgado de Curicó (1936); Secretaria Suplente 4° Juzgado del Crimen de Santiago (1940); Secretaria 2° Juzgado del Crimen de Santiago (1941); Secretaria 1° Juzgado Civil Mayor Cuantía de Santiago (1945); Secretaria 3° Juzgado Mayor Cuantía Crimen Valparaíso (permuta, 1961). De su trayectoria destaca que transitó por varias jurisdicciones en una época compleja en términos de conectividad y desplazamiento, lo que da cuenta de su compromiso con la institución. En su vida personal se casó con Carlos Contreras Labarca (abogado y político del Partido Comunista) y tuvieron dos hijos: Elena y Mario. Elena Carrasco Acuña, es también exmagistrada del Poder Judicial y ejerció como jueza del Segundo Juzgado de Letras de Rancagua y luego como Fiscal Judicial de la misma jurisdicción.

Fuentes - Acuña Montenegro, Claudia, “El problema de la mendicidad en Chile”, Imprenta de la Editorial Nascimiento, 1923. Disponible en: https://www.memoriachilena.gob.cl/602/w3-propertyvalue-145587.html  - Figueroa, Virgilio. Diccionario histórico, biográfico y bibliográfico de Chile, Santiago: Impr. y Litogr. La Ilustración, (1925-1931), tomo I, pág. 110. Disponible en: https://www.memoriachilena.gob.cl/602/w3-article-7932.html  - Maturana Cabezas, Pilar, “Los derechos de las mujeres en cien años de cuentas públicas, un camino que recién comienza, en Poder Judicial de Chile, “Cien años de cuentas públicas”, tomo 2, pág. 671.

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El pasado 31 de enero de 2024 se realizó la decimoquinta reunión del Consejo Consultivo de Igualdad de Género y No Discriminación del Poder Judicial (CCA), en el que participaron la Ministra encargada de los asuntos de género, Andrea Muñoz Sánchez, la Ministra de la Corte de Apelaciones de Copiapó, Marcela Araya Novoa, representante de la C.A. Zona Norte, el Ministro de las Corte de apelaciones de Rancagua, Pedro Caro Romero, representante de la C.A. Zona Centro, y la Ministra de la Corte de Apelaciones de Chillán,  Paulina Gallardo García, representante de la C.A. Zona Sur

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Compartimos el análisis de la nueva legislación elaborado por la Academia Judicial

La Ley N°21.645 que “modifica el título II del libro II del Código del Trabajo "De la protección a la maternidad, paternidad y vida familiar" y regula un régimen de trabajo a distancia y teletrabajo en las condiciones que indica” tiene por finalidad compatibilizar la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras. La normativa enfatiza el nuevo rol que deben adoptar los empleadores y empleadoras, ya que los transforma en agentes activos en la promoción del equilibrio entre el trabajo y la vida privada. La ley entró en vigencia el 29 de enero de 2024 y tiene como objetivo de establecer una serie de beneficios para aquellas personas que tengan el cuidado personal de un niño o niña menor de catorce años o que tenga a su cargo el cuidado de una persona con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada sin recibir remuneración por esa actividad.

En esta materia señalar que la Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación en 2018 publicó el “Estudio sobre la situación de la protección de la maternidad/paternidad al interior del Poder Judicial”.

Asimismo, el 15 de enero de 2024 fue publicada el en el Diario Oficial Ley N°21.643 que introduce una serie de modificaciones a diversos textos legales, entre estos, el Código del Trabajo, con el objeto de fortalecer la regulación en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y de violencia en el trabajo. Este nuevo marco normativo (Conocida como “Ley Karin” en reconocimiento de Karin salgado, Técnico en enfermería de nivel superior (TENS) que se desempeñaba en el Hospital Clínico Herminda Martin de Chillán, Ñuble, y decidió quitarse la vida tras ser víctima de acoso laboral) entrará en vigencia el 1 de agosto de 2024, establece que las relaciones laborales deberán siempre fundarse en un trato libre de violencia, compatibles con la dignidad de las personas y con perspectiva de género. Además, incorpora obligaciones y plazos específicos de investigación ante la recepción de denuncias por acoso sexual, acoso laboral o violencia.

Los principales contenidos de la Ley 21.643 se encuentran en conformidad a lo establecido en la Política de Igualdad de Género y No Discriminación del Poder Judicial, en el Acta 103-2018 que establece el Procedimiento de Actuación para la Prevención, Denuncia y Tratamiento del Acoso Sexual y la Política de Clima Laboral de nuestra institución. Más información sobre las medidas y herramientas adoptadas por el Poder Judicial para el abordaje del acoso sexual aquí.

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En el marco de la Política de Igualdad de Género y No Discriminación del Poder Judicial, particularmente de su eje de Capacitación, ponemos a disposición de toda la comunidad judicial esta publicación, denominada “Justicia con perspectiva de género”, que tiene por objetivo promover la reflexión y análisis sobre la incorporación de la perspectiva de género y derechos humanos en la administración de justicia.

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La Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación de la Corte Suprema ha solicitado un informe en derecho sobre derecho privado patrimonial en perspectiva de género.

El trabajo busca contribuir a la concreción de la Política de Igualdad de Género y No Discriminación del Poder Judicial y, en particular, servir como insumo para el análisis de casos a la luz de lo dispuesto en el Cuaderno de Buenas Prácticas para incorporar la perspectiva de género en las sentencias.

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Esta actividad ya fue realizada el 23 de noviembre de 2023

Resumen del Seminario conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, 25 noviembre

“El dilema del sistema penal frente a la violencia contra las mujeres: Femicidio y actos de defensa contra la violencia de género”

En la oportunidad fueron analizadas dos sentencias ejecutoriadas emitidas por tribunales chilenos a fin de analizar cómo el sistema de justicia penal se enfrentó a dos casos concretos, en las voces de las personas que intervinieron en la investigación, defensa y decisión de dichas causas.

Ver la actividad completa en youtube

Presentación primer panel "Femicidio"

Magíster en Derecho Penal de la Universidad de Chile y doctorando en Derecho en la Universidad de Bonn. Académico del Departamento de Ciencias Penales de la Facultad de Derecho de la U. Chile. Conversación con intervinientes: María Carolina Hernández Muñoz Jueza del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto, María José Viveros, Fiscal Adjunto de la Fiscalía Regional Centro Norte, Claudia Castelletti Font, abogada de la Unidad de Defensa General y encargada de género a nivel nacional de la Defensoría Penal Pública Conversación con intervinientes: María Carolina Hernández Muñoz Jueza del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto, María José Viveros, Fiscal Adjunta de la Fiscalía Regional Centro Norte, Claudia Castelletti Font, abogada de la Unidad de Defensa General y encargada de género a nivel nacional de la Defensoría Penal Pública.

Sentencia RIT N° 108-2023

Descarga la presentación de Javier Contesse

Presentación segundo panel "Defensa de las mujeres imputadas por delitos contra las personas en contexto de violencia de género"

Magister en Derecho y doctora en Derecho por la Albert-Ludwig-Universität Freiburg de Alemania. Directora del Departamento de Derecho Penal de la Universidad Diego Portales Conversación con intervinientes: Antonia Flores Rubilar Jueza del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, Andrea Saavedra, Fiscal Adjunta de la Fiscalía Local de Talcahuano, Ricardo Terán Scholtbach, Defensor Penal Público

Sentencia RIT N° 4345 - 2021

Descarga la presentación de Alejandra Castillo

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